El Código Civil da cinco años a las acciones personales sin plazo especial, pero reduce a tres el cobro de honorarios profesionales y del precio de muchos servicios y oficios, contados desde que dejaste de prestar el servicio. El plazo se interrumpe con una reclamación extrajudicial o si el deudor reconoce la deuda, y entonces vuelve a empezar. Por eso conviene enviar un requerimiento por un medio que pruebe el contenido y la fecha, como un burofax con certificación de texto, y guardar el justificante.
revisa tus facturas pendientes con más de dos años y envía hoy un requerimiento de pago por un medio que deje constancia del contenido y la fecha.
Ejemplo práctico
Terminaste un trabajo en marzo de 2024 y el cliente te debe 2.400 €. Si el plazo aplicable es el de tres años, vence en marzo de 2027; un burofax enviado ahora lo interrumpe y el cómputo empieza de nuevo.
Error habitual
Reclamar solo por teléfono o mensajería, sin una prueba clara del contenido y la fecha del requerimiento.
País Vasco y Navarra: En Navarra rige el Fuero Nuevo, que tiene normas propias de prescripción: comprueba allí el plazo aplicable.
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Revisado con fuentes oficiales · actualizado el 29 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional para tu caso concreto.