Simplifico
Sartu
Fiscalidad e impuestos

Fiscalidad e impuestos

Retención del alquiler (modelo 115)

Si alquilas un local u oficina para tu actividad, calcula la retención del 19 % que debes aplicar, lo que pagas al casero y lo que declaras cada trimestre.

El alquiler

¿Se da alguna excepción?
No se retiene si el casero te acredita que está de alta en el epígrafe 861 del IAE (o equivalente) y su cuota no es cero, o si es una vivienda que la empresa alquila para sus empleados.

Cada mes

Pagas al casero816,00 €Renta más IVA, menos la retención del 19 %.
Retención152,00 €
Total de la factura968,00 €Renta 800,00 € + IVA 168,00 €.
A ingresar en cada modelo 115456,00 €Del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero. 1.824,00 € al año, que se resumen en el modelo 180 en enero.

La retención se resta de lo que pagas al casero, pero el gasto deducible para ti es la renta completa. El IVA lo deduces en tu modelo 303 si tu actividad tiene derecho a deducción.

Fuentes: Agencia Tributaria: retenciones sobre arrendamientos de inmuebles (modelos 115 y 180); BOE: Reglamento del IRPF (RD 439/2007), arts. 75, 100 y 108.