Simplifico
Sartu
Fiscalidad e impuestos

Fiscalidad e impuestos

Impuestos de nómadas digitales

Comprueba si serías residente fiscal en España y si puedes acogerte al régimen de impatriados (la «Ley Beckham»), que grava tus rendimientos al 24 %.

Tu situación

¿Por qué vienes?
¿Trabajarás con un local u oficina propia en España (establecimiento permanente)?

Resultado

Con más de 183 días en España eres residente fiscal: tributas aquí por todo lo que ganes en el mundo.

Podrías optar al régimen de impatriados14.400,00 €24 % hasta 600.000 € y 47 % por encima, durante el año de llegada y los cinco siguientes.
Régimen general (aproximado)16.847,00 €Escala estatal oficial más una autonómica que suponemos igual: depende de tu comunidad.
Ahorro aproximado2.447,00 €

Plazo: la opción se comunica con el modelo 149 en los seis meses siguientes al inicio de la actividad que conste en tu alta en la Seguridad Social. Con el régimen tributas con las normas del impuesto de no residentes y por el Impuesto sobre el Patrimonio solo por lo que tengas en España. Si vives fuera una temporada, ojo: puedes seguir siendo residente en España salvo que acredites tu residencia fiscal en otro país. Test orientativo.

Fuentes: BOE: Ley 35/2006 del IRPF, arts. 9, 63 y 93; BOE: Reglamento del IRPF, art. 116 (plazo de la opción); Agencia Tributaria: modelo 149.