Fiscalidad e impuestos
IVA en ventas digitales a particulares de la UE
Comprueba si tus ventas digitales a clientes particulares de otros países de la UE llevan IVA español o el del país del cliente, y cuándo te toca la ventanilla única (OSS).
Tus ventas a particulares de la UE
Cuenta solo servicios prestados por vía electrónica (por ejemplo, programas, descargas de textos o imágenes, enseñanza a distancia), de telecomunicaciones o de radiodifusión, y ventas a distancia de bienes, a clientes particulares de otros países de la UE. Todo sin IVA y sumando todos los países.
Qué IVA aplicar
Lo declaras como cualquier venta en tu modelo 303.
Si el cliente es una empresa o profesional de otro país de la UE, las reglas son otras (normalmente factura sin IVA con inversión del sujeto pasivo). Si el cliente está fuera de la UE, en general no lleva IVA español.
Fuentes: BOE: Ley 37/1992 del IVA, arts. 69, 70, 73 y 90; Agencia Tributaria: IVA de telecomunicaciones y servicios electrónicos; Comisión Europea: base de datos de tipos de IVA (TEDB).
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