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Calculadora Modelo 130 — IRPF 2026

Calcula el pago fraccionado trimestral del IRPF para autónomos en Estimación Directa. Los datos son acumulados desde el 1 de enero.

Importante: todos los importes son acumulados desde el 1 de enero hasta el final del trimestre seleccionado.

Lo que has pagado a la Seguridad Social como autónomo (cuota mensual del RETA) desde el 1 de enero hasta el final del trimestre. Es un gasto deducible: la calculadora lo suma a los gastos de la casilla 02, así que no lo incluyas también en el campo anterior. Ejemplo: en el 2T, con una cuota de 300 €/mes, pon 1.800 €. La Seguridad Social de tus trabajadores no va aquí (es gasto de personal).

Suma de las casillas 07 positivas de los 130 que ya has presentado este año (antes de restar la minoración de la casilla 13).

Si fue de 12.000 € o menos, en cada trimestre restas 100 € (hasta 9.000 €), 75 € (hasta 10.000 €), 50 € (hasta 11.000 €) o 25 € (hasta 12.000 €): art. 110.3 c) RIRPF. Si empezaste la actividad este año, consulta con tu gestoría si te corresponde la minoración.

Introduce los datos acumulados del año para calcular tu pago fraccionado

¿Quién presenta el 130?

Autónomos en Estimación Directa cuyos ingresos no tengan retención suficiente (menos del 70 % con retención ≥ 1 %).

Cálculo acumulado

El 130 se calcula sobre el total acumulado del año, no solo del trimestre. Resta lo ya pagado en trimestres anteriores.

Aunque salga 0

Si el resultado es cero o negativo, igualmente debes presentar el modelo marcando "cuota cero".

Para qué sirve: Calculadora modelo 130

Si eres autónomo en estimación directa, cada trimestre tienes que adelantar a Hacienda una parte del IRPF con el modelo 130. El cálculo se hace sobre lo acumulado desde el 1 de enero, y ahí es donde suelen aparecer los errores: restar mal los pagos de trimestres anteriores o olvidar las retenciones que ya te han practicado.

Esta calculadora te pide los datos acumulados del año (ingresos, gastos deducibles, cuotas de autónomo, retenciones soportadas y pagos fraccionados previos) y te devuelve el importe aproximado a ingresar en el trimestre que elijas. También contempla las actividades agrícolas y ganaderas, que tributan por un porcentaje distinto. Te sirve para prever el pago, comprobar el borrador de tu gestoría o decidir si te conviene apartar dinero antes del vencimiento.

Cómo se usa

  1. 1

    Elige el trimestre

    Selecciona 1T, 2T, 3T o 4T. Recuerda que todos los importes que introduzcas deben ser acumulados desde el 1 de enero hasta el final de ese trimestre.

  2. 2

    Introduce ingresos y gastos

    Escribe los ingresos y los gastos deducibles acumulados sin IVA, y las cuotas de autónomo pagadas en el año en su campo propio.

  3. 3

    Añade retenciones y pagos previos

    Indica las retenciones de IRPF que te han practicado tus clientes y lo que ya ingresaste en los modelos 130 de trimestres anteriores.

  4. 4

    Calcula y revisa

    Pulsa calcular. Si el resultado es cero o negativo, el modelo se presenta igualmente; si es positivo, es lo que tendrás que ingresar.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el modelo 130?

Se aplica el 20 % al rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre, es decir, ingresos menos gastos deducibles. A esa cantidad se le restan las retenciones soportadas en el mismo periodo y los pagos fraccionados de los trimestres anteriores del año. En actividades agrícolas, ganaderas o forestales se aplica el 2 % sobre los ingresos del trimestre.

¿Quién no tiene que presentar el modelo 130?

Los profesionales no están obligados si en el año natural anterior al menos el 70 % de los ingresos de su actividad tuvo retención o ingreso a cuenta. Si empiezas la actividad, se mira ese porcentaje en el periodo del pago fraccionado. Los autónomos en módulos no presentan el 130, sino el modelo 131.

¿Cuál es el plazo para presentar el modelo 130?

Los tres primeros trimestres se presentan entre el 1 y el 20 de abril, julio y octubre. El cuarto trimestre, entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente. Así lo establece el artículo 111 del Reglamento del IRPF. Si el resultado es cero o negativo, debes presentar igualmente una declaración negativa.

¿Existe alguna reducción en el 130 si gano poco?

Sí. Si tus rendimientos netos de actividades económicas del año anterior fueron de 12.000 euros o menos, puedes restar una cantidad que va de 100 euros (hasta 9.000 euros) a 25 euros (entre 11.000,01 y 12.000 euros). Esta calculadora no aplica esa minoración, así que, si te corresponde, réstala del resultado.

Información general revisada el 20 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional para tu caso concreto.