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Truco 29 · Facturación y cobros

Puedes recuperar IVA de determinadas facturas incobrables

Si un cliente no te paga, puedes recuperar el IVA ingresado: respeta los plazos, reclama de forma fehaciente y emite a tiempo la factura rectificativa.

La Ley del IVA permite reducir la base imponible de facturas impagadas si ha pasado un año desde el devengo (seis meses o un año si tu volumen de operaciones no supera 6.010.121,04 €), has reclamado el cobro judicialmente, por requerimiento notarial u otro medio fehaciente, y emites la factura rectificativa en los seis meses siguientes, comunicándolo a Hacienda.

Acción

marca las facturas impagadas desde el primer día y apunta la fecha en que vence tu plazo para reclamar y rectificar.

Ejemplo práctico

Facturas 2.000 € más 420 € de IVA el 10 de enero y no cobras. Como pyme, a los seis meses (10 de julio) envías un requerimiento notarial; tienes hasta el 10 de enero siguiente para emitir la rectificativa y recuperar los 420 €.

Error habitual

Dejar pasar el plazo de seis meses para emitir la factura rectificativa y perder el IVA ya ingresado.

Hazlo con Simplifico

Fuentes oficiales

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Revisado con fuentes oficiales · actualizado el 20 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional para tu caso concreto.