En estimación directa puedes deducir tus comidas cuando se producen al desarrollar la actividad, en restaurantes u hostelería, y pagadas por medios electrónicos. Los límites diarios son 26,67 € en España y 48,08 € en el extranjero sin pernocta, y 53,34 € y 91,35 € si pernoctas en otro municipio. El exceso no es deducible.
conserva la factura, el justificante del pago electrónico y el motivo profesional del desplazamiento.
Ejemplo práctico
Comes con un cliente en otra ciudad y vuelves a dormir a casa: tu menú cuesta 32 € y pagas con tarjeta. Puedes deducir 26,67 €; los 5,33 € restantes no.
Error habitual
Deducir 26,67 € cada día laborable aunque no haya desplazamiento ni relación con la actividad, o pagar en efectivo.
País Vasco y Navarra: En País Vasco y Navarra rigen las normas forales del IRPF, que pueden fijar requisitos y límites propios para estos gastos.
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Fuentes oficiales
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Revisado con fuentes oficiales · actualizado el 20 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional para tu caso concreto.