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Castilla y León paga un año de cuota por el alta de mujeres jóvenes: plazo hasta el 6/11
Subvenciones y Ayudas

Castilla y León paga un año de cuota por el alta de mujeres jóvenes: plazo hasta el 6/11

La Junta cubre la cuota empresarial de un año por el alta de mujeres de 18 a 30 años en sectores masculinizados. Solicitudes hasta el 6/11/2026.

Equipo Simplifico2 min de lectura
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Castilla y León paga un año de cuota por el alta de mujeres jóvenes: plazo hasta el 6/11

El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) publicó el 22 de octubre de 2026 el extracto de la convocatoria de ayudas para fomentar el emprendimiento y la contratación de mujeres de 18 a 30 años en sectores donde las mujeres no llegan al 40 % del empleo. La ayuda equivale a un año de cuota empresarial a la Seguridad Social. A 29 de octubre de 2026 está abierta, y el plazo termina el 6 de noviembre de 2026. Fuente: BOCYL núm. 205 y ficha de la sede electrónica (BDNS 936351).

Quién puede pedirla

Empresas y empleadores de hasta 500 trabajadores con centro de trabajo en Castilla y León que:

  • tengan su actividad en uno de los sectores del anexo I, es decir, con menos de un 40 % de mujeres;
  • contraten a una mujer de 18 a 30 años con un contrato indefinido y a jornada completa;
  • mantengan ese contrato dos años.

Mujeres autónomas que:

  • tengan entre 18 y 30 años en la fecha de alta en el RETA;
  • trabajen en un sector del anexo I;
  • estén empadronadas en Castilla y León desde al menos un año antes del alta;
  • mantengan el alta dos años sin interrupciones.

En los dos casos hay que estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social.

Cuánto se cobra

La convocatoria no fija una cantidad cerrada. Paga lo mismo que la aportación empresarial a la Seguridad Social de un año desde el alta, sin contar las bonificaciones. Las bonificaciones de cuota que ya tengas, como la tarifa plana, son compatibles. El presupuesto total es de 200.000 euros y las ayudas se conceden por orden de entrada de las solicitudes. Por eso conviene no esperar al último día.

Plazos

  • Solicitudes: del 23 de octubre al 6 de noviembre de 2026, por vía electrónica.
  • Actuaciones subvencionables: altas y contrataciones hechas entre el 1 de octubre de 2025 y el 6 de noviembre de 2026.
  • Resolución: tres meses desde que entra la solicitud. Si no hay respuesta en ese plazo, se entiende denegada.
  • Después hay que acreditar que el alta se mantiene a los 12 y a los 24 meses.

Las bases son la Orden FAM/447/2024, de 15 de mayo. Es una ayuda *de minimis*.

Qué hacer ahora

  1. Descarga el anexo I desde la sede y comprueba que tu CNAE aparece en la lista. Sin eso no hay ayuda.
  2. Si contrataste o te diste de alta desde octubre de 2025, reúne el alta en la Seguridad Social y el contrato.
  3. Presenta la solicitud cuanto antes: con 200.000 € y concesión por orden de llegada, el dinero se puede acabar antes del 6 de noviembre.

Puedes buscar otras ayudas para contratar en el buscador de subvenciones.

Comentar en el foroÚltima actualización: 29 oct 2026

Escrito por Equipo Simplifico

Contenido divulgativo elaborado por Simplifico para autónomos y pymes. No sustituye el asesoramiento profesional: comprueba siempre la normativa vigente en las fuentes oficiales (BOE, Agencia Tributaria, Seguridad Social).

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