Fiscalidad e impuestos
Impuestos de nómadas digitales
Comprueba si serías residente fiscal en España y si puedes acogerte al régimen de impatriados (la «Ley Beckham»), que grava tus rendimientos al 24 %.
Tu situación
Resultado
Con más de 183 días en España eres residente fiscal: tributas aquí por todo lo que ganes en el mundo.
Plazo: la opción se comunica con el modelo 149 en los seis meses siguientes al inicio de la actividad que conste en tu alta en la Seguridad Social. Con el régimen tributas con las normas del impuesto de no residentes y por el Impuesto sobre el Patrimonio solo por lo que tengas en España. Si vives fuera una temporada, ojo: puedes seguir siendo residente en España salvo que acredites tu residencia fiscal en otro país. Test orientativo.
Fuentes: BOE: Ley 35/2006 del IRPF, arts. 9, 63 y 93; BOE: Reglamento del IRPF, art. 116 (plazo de la opción); Agencia Tributaria: modelo 149.
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