Si tienes menos de 10 trabajadores de media y facturas menos de 700.000 € al año o debes menos de 350.000 €, la Ley Concursal te ofrece un procedimiento especial y telemático para pactar con los acreedores un plan de continuación o liquidar. Puedes usarlo ya cuando la insolvencia es probable, sin esperar a no poder pagar. Si ya estás en insolvencia actual, tienes el deber de pedirlo en los dos meses siguientes a conocerla. Se tramita con formularios normalizados y asistido por abogado.
haz hoy una previsión de pagos de los próximos tres meses y, si no los cubres, consulta con un abogado si te conviene abrir el procedimiento.
Ejemplo práctico
Un taller con 3 empleados, 280.000 € de facturación y 120.000 € de deudas puede proponer a sus acreedores un plan de continuación para pagar a plazos mientras sigue trabajando.
Error habitual
Dejar pasar más de dos meses desde que no puedes pagar tus deudas antes de pedir ayuda.
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Fuentes oficiales
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Revisado con fuentes oficiales · actualizado el 29 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional para tu caso concreto.