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Constitución de sociedades

Comprobador de denominación social

Antes de pedir el nombre al Registro Mercantil Central, repasa si tu propuesta cumple las reglas del Reglamento del Registro Mercantil y de la Ley de Sociedades de Capital: forma social, abreviaturas, términos reservados y nombres oficiales.

Tu propuesta

Comprobación

Escribe una denominación y verás aquí, regla a regla, si cumple, si conviene revisarla o si no se admitiría.

Orientativo. Esta herramienta aplica de forma automática las reglas escritas que se pueden comprobar sobre el texto; no sustituye la calificación del registrador, que valora además el error o la confusión, el orden público y el objeto social. Sobre todo, no puede saber si ya existe una sociedad con ese nombre: eso solo lo confirma la certificación negativa del Registro Mercantil Central, que puedes solicitar en su servicio de denominaciones (admite hasta cinco nombres por solicitud, por orden de preferencia: se estudian uno tras otro y se reserva el primero que esté libre).

Abreviaturas admitidas

  • S.L. · S.R.L.Sociedad limitada
  • S.A.Sociedad anónima
  • SRLL · SLLSociedad limitada laboral
  • SALSociedad anónima laboral
  • S.L.P. · S.R.L.P.Sociedad limitada profesional
  • S.A.P.Sociedad anónima profesional
  • S. Coop.Sociedad cooperativa
  • S.C. · S.R.C.Sociedad colectiva
  • S. en C. · S. Com.Sociedad comanditaria simple
  • S. Com. por A. · S. Com. p.A.Sociedad comanditaria por acciones

Qué se considera un nombre idéntico

No solo la coincidencia exacta: también las mismas palabras en otro orden, género o número; las mismas palabras añadiendo o quitando términos genéricos, artículos, preposiciones, acentos o signos; y palabras distintas que suenan igual o de forma notoriamente parecida. La forma social no cuenta para comparar (art. 408 RRM).

Plazos de la certificación

Una vez expedida la certificación negativa, el nombre queda reservado seis meses. Para firmar la escritura de constitución, la certificación tiene que estar vigente: dura tres meses desde que se expide y se puede renovar (arts. 412 a 414 RRM).

Fuentes: Reglamento del Registro Mercantil, Real Decreto 1784/1996, arts. 398 a 414 (BOE-A-1996-17533); Ley de Sociedades de Capital, arts. 6, 7 y 13 (BOE-A-2010-10544); Ley 44/2015, art. 3; Ley 2/2007, art. 6.5; Ley 27/1999, art. 1.3; Ley 10/2014, art. 3; Ley 20/2015, art. 29; Ley 5/2015, arts. 8 y 28; Ley 6/2023, art. 129; Orden de 30 de diciembre de 1991 sobre el Registro Mercantil Central, arts. 7 a 9; Resolución de la DGSJFP de 23 de septiembre de 2025 (BOE-A-2026-804), sobre la solicitud sucesiva de hasta cinco denominaciones. Textos consultados en el BOE en octubre de 2026.

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Para qué sirve: Comprobador de denominación social para tu S.L.

Antes de constituir una sociedad tienes que pedir al Registro Mercantil Central una certificación negativa de denominación, y si el nombre no cumple las normas te la deniegan y pierdes tiempo. Esta herramienta te ayuda a revisar el nombre antes de solicitarlo, tanto si vas a crear una S.L. como una S.A., cooperativa u otra forma social.

Escribes el nombre con la forma social o su abreviatura al final y eliges el tipo de sociedad. La herramienta revisa regla por regla si el nombre respeta la forma social y sus abreviaturas, y las pautas sobre nombres idénticos o muy parecidos, e indica si cumple, si conviene revisarlo o si no sería admisible. Es orientativa: no consulta la base de datos del Registro, así que no confirma si el nombre está libre.

Cómo se usa

  1. 1

    Escribe el nombre completo

    Introduce la denominación que quieres usar, con la forma social o su abreviatura al final, por ejemplo S.L. o S.A.

  2. 2

    Elige el tipo de sociedad

    Selecciona la forma social en el desplegable. Verás las abreviaturas admitidas para ese tipo.

  3. 3

    Revisa el resultado

    Lee el resultado de cada regla y corrige el nombre si aparece algo como no admisible o para revisar.

  4. 4

    Solicita la certificación negativa

    Cuando tengas varias opciones válidas, pide la certificación en el Registro Mercantil Central en orden de preferencia.

Preguntas frecuentes

¿Esta herramienta me dice si el nombre está libre?

No. Solo revisa si el nombre cumple las reglas formales y las pautas sobre denominaciones idénticas. Para saber si ya existe una sociedad con ese nombre, debes pedir la certificación negativa al Registro Mercantil Central, que es el único que puede confirmarlo. Te recomendamos llevar varias alternativas por si la primera no está disponible.

¿Cuánto tiempo queda reservado el nombre?

Según el artículo 412 del Reglamento del Registro Mercantil, al expedirse la certificación negativa el nombre queda reservado de forma provisional durante seis meses desde su expedición. Si en ese plazo no se inscribe la sociedad, la reserva caduca, salvo prórrogas previstas en casos concretos, como un documento pendiente de despacho en el registro.

¿Cuánto dura la validez de la certificación negativa?

El artículo 414 del Reglamento del Registro Mercantil establece que la certificación tiene una vigencia de tres meses desde su expedición. No se puede firmar ni inscribir una escritura con una certificación caducada. Si caduca, puedes pedir otra con el mismo nombre adjuntando la anterior. Este plazo es distinto del de seis meses de la reserva.

¿Cuándo se considera que dos nombres son idénticos?

El Registro considera idénticas no solo las denominaciones exactamente iguales, sino también las que solo cambian en detalles como el orden de las palabras, el género o el número, artículos, preposiciones, signos de puntuación o la forma social. Por eso añadir un artículo o cambiar un plural a un nombre ya registrado no suele bastar.

Información general revisada el 20 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional para tu caso concreto.