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Acuerdo de Confidencialidad

Non-Disclosure Agreement (NDA) mutuo · se redacta automáticamente

⚠ Carácter orientativo — consulta con un abogado

Parte A

Parte B

Términos del Acuerdo

Vista PreviaEn tiempo real
ACUERDO DE NO DIVULGACIÓN
Non-Disclosure Agreement (NDA)

24/10/2026

En (ciudad), a 24/10/2026, PARTES De una parte, (nombre de la Parte A), con CIF/NIF (CIF/NIF), con domicilio en (domicilio) (en adelante, "Parte A"). De otra parte, (nombre de la Parte B), con CIF/NIF (CIF/NIF), con domicilio en (domicilio) (en adelante, "Parte B"). En adelante, de forma conjunta, "las Partes". ACUERDO PRIMERO — OBJETO Las Partes están interesadas en explorar una posible relación comercial/profesional y, en el transcurso de dicha relación, pueden intercambiar información confidencial de carácter técnico, comercial, financiero o de cualquier otra índole (en adelante "Información Confidencial"). SEGUNDO — DEFINICIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL A efectos del presente Acuerdo, se considerará Información Confidencial toda aquella que sea revelada por cualquiera de las Partes a la otra, ya sea de forma oral, escrita, gráfica, digital o por cualquier otro medio, siempre que: (i) se indique expresamente su carácter confidencial, o (ii) por su naturaleza, sea razonablemente evidente que se trata de información confidencial o sensible. TERCERO — OBLIGACIONES DE CONFIDENCIALIDAD Cada Parte receptora se obliga a: (a) mantener la más estricta confidencialidad sobre la Información Confidencial recibida; (b) no divulgar la Información Confidencial a terceros sin consentimiento previo y por escrito de la Parte reveladora; (c) utilizar la Información Confidencial exclusivamente para los fines del objeto descrito en la Cláusula Primera; (d) adoptar las medidas de seguridad necesarias para proteger la Información Confidencial. CUARTO — EXCEPCIONES Las obligaciones de confidencialidad no se aplicarán cuando la información: (a) sea o se convierta en dominio público sin incumplimiento del presente Acuerdo; (b) fuera ya conocida por la Parte receptora con anterioridad a su divulgación; (c) sea recibida legítimamente de un tercero sin restricción de confidencialidad; (d) deba ser revelada por imperativo legal o judicial. QUINTO — DURACIÓN El presente Acuerdo será efectivo desde su firma y tendrá una vigencia de 2 años desde la fecha de firma (hasta el 24/10/2028). Al término de dicho plazo, la obligación de confidencialidad se extinguirá salvo acuerdo contrario por escrito. SEXTO — PROPIEDAD INTELECTUAL Nada de lo contenido en este Acuerdo se interpretará como la concesión de licencia o derecho alguno sobre patentes, marcas, derechos de autor u otros derechos de propiedad intelectual o industrial. SÉPTIMO — SANCIONES Las Partes son conscientes de que el incumplimiento de las obligaciones de este Acuerdo causaría daños de difícil cuantificación. Cualquier incumplimiento dará derecho a la Parte perjudicada a exigir la cesación inmediata, la indemnización de daños y perjuicios, y cuantas acciones prevea la ley aplicable. OCTAVO — LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN El presente Acuerdo se rige por la legislación española vigente. Para cualquier controversia derivada de su interpretación o ejecución, las Partes se someten a los Juzgados y Tribunales de (ciudad). Y en prueba de conformidad, firman el presente Acuerdo en el lugar y fecha indicados.

Parte A

Parte B

Generado con Simplifico.es — Carácter orientativo. Consulta con un abogado.

Para qué sirve: Plantilla NDA

Antes de enseñar un proyecto, un código, una lista de clientes o un plan de negocio a un posible socio, proveedor o inversor, conviene dejar por escrito que esa información es confidencial. Este generador redacta un acuerdo de confidencialidad, también llamado NDA o acuerdo de no divulgación, a partir de un formulario sencillo.

Introduces los datos de la parte que revela la información y de la que la recibe, la ciudad y fecha de firma, la vigencia, una penalización opcional y el objeto de la relación. La herramienta compone el acuerdo con cláusulas de definición de información confidencial, obligaciones, excepciones, duración, propiedad intelectual, incumplimiento y ley aplicable, que puedes revisar en la vista previa y descargar en PDF. Es un modelo orientativo: adáptalo si la operación es compleja o hay mucho en juego.

Cómo se usa

  1. 1

    Datos de las partes

    Rellena nombre o razón social, NIF y domicilio de la parte reveladora y de la receptora.

  2. 2

    Términos del acuerdo

    Indica ciudad y fecha de firma, vigencia, penalización por incumplimiento si quieres fijarla y el objeto de la relación entre las partes.

  3. 3

    Revisa la vista previa

    Lee las cláusulas y comprueba que no quedan huecos ni datos sin completar antes de descargar.

  4. 4

    Descarga y firma

    Descarga el PDF, envíalo a la otra parte y firmad ambos antes de compartir la información confidencial.

Preguntas frecuentes

¿Tiene validez legal un NDA en España?

Sí. Un acuerdo de confidencialidad es un contrato y obliga a quien lo firma. Además, la Ley 1/2019 de Secretos Empresariales protege la información que es secreta, tiene valor empresarial por serlo y sobre la que su titular ha tomado medidas razonables para mantenerla en secreto. Firmar un NDA es precisamente una de esas medidas.

¿Qué diferencia hay entre un NDA unilateral y uno mutuo?

En el unilateral solo una parte revela información y la otra se compromete a guardarla. En el mutuo, ambas se intercambian información y las dos quedan obligadas. Si en tu caso los dos vais a compartir datos sensibles, por ejemplo en una colaboración entre empresas, revisa que el texto proteja la información de ambas partes por igual.

¿Cuánto tiempo debe durar un acuerdo de confidencialidad?

No hay un plazo fijado por ley; lo pactan las partes. Lo habitual es entre dos y cinco años desde la firma o desde el fin de la relación, y en secretos especialmente valiosos se puede pactar que dure mientras la información siga siendo confidencial. Ten en cuenta que las acciones por violación de secretos empresariales prescriben a los tres años.

¿Qué información no queda protegida por un NDA?

Normalmente se excluye la información que ya es pública sin culpa del receptor, la que este conocía antes de firmar, la que recibe legítimamente de un tercero y la que debe revelar por obligación legal o requerimiento judicial. Estas excepciones están incluidas en la plantilla, así que revisa que encajan con tu caso.

Información general revisada el 20 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional para tu caso concreto.