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Qué hacer antes de fin de año como autónomo: checklist fiscal y de cotización 2026
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Qué hacer antes de fin de año como autónomo: checklist fiscal y de cotización 2026

Plazos oficiales del 3T, Renta, cambio de régimen para 2027, base de cotización de enero y VERI*FACTU: lo que debes revisar antes del 31 de diciembre.

Equipo Simplifico5 min de lectura
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Qué hacer antes de fin de año como autónomo: checklist fiscal y de cotización 2026

Quedan diez semanas para cerrar 2026 y algunas decisiones solo se pueden tomar ahora. Esta lista recoge los plazos oficiales a 20 de octubre de 2026.

1. Cierra bien el tercer trimestre (hasta el 20 de octubre)

El 20 de octubre termina el plazo para presentar el IVA trimestral (modelo 303), el pago fraccionado del IRPF (130 si estás en estimación directa, 131 si estás en módulos), las retenciones que hayas practicado a profesionales o por el alquiler del local (111 y 115) y, si vendes o compras a empresas de otros países de la UE, la declaración recapitulativa (349). La domiciliación cerró el 15 de octubre, así que, si presentas el último día, tendrás que pagar con cargo en cuenta o con NRC del banco. Lo tienes todo en el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.

Si presentas el IVA cada mes, el 303 de septiembre tiene plazo hasta el 30 de octubre, el de octubre hasta el 30 de noviembre y el de noviembre hasta el 30 de diciembre (plazos de domiciliación y presentación).

2. Ten saldo para el segundo plazo de la Renta (5 de noviembre)

Si fraccionaste la declaración de la Renta 2025, el segundo pago vence el 5 de noviembre. Si no lo domiciliaste, se ingresa con el modelo 102 (AEAT, «Hasta el 5 de noviembre»). Coincide con la cuota de autónomos de noviembre, así que revisa la tesorería con tiempo.

3. Decide tu régimen fiscal para 2027 (hasta el 31 de diciembre)

Hasta el 31 de diciembre puedes presentar el modelo 036 para:

  • Renunciar o revocar la renuncia a la estimación directa simplificada o a la estimación objetiva (módulos) en el IRPF.
  • Renunciar o revocar la renuncia al régimen simplificado del IVA o al de agricultura, ganadería y pesca.
  • Optar por el régimen especial del criterio de caja en el IVA, o renunciar a él (la renuncia te vincula a 2027, 2028 y 2029).

Así figura en la página «Hasta el 31 de diciembre» del calendario de la AEAT. Si no presentas nada, sigues en el régimen actual. Antes de cambiar, haz números con tu gestor sobre lo que facturas, tus gastos y cuándo cobras.

4. Ajusta tu base de cotización para enero de 2027

Desde 2023 cotizas según tus rendimientos netos previstos y la Seguridad Social los regulariza después con los datos de Hacienda. Puedes cambiar la base hasta seis veces al año:

  • Si lo pides antes del 31 de octubre, el cambio entra el 1 de noviembre de 2026.
  • Si lo pides entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre, entra el 1 de enero de 2027.

El trámite se hace en Importass, en «Base de cotización y rendimientos», indicando la previsión de rendimientos netos mensuales (Seguridad Social). Como referencia, en 2026 la tabla va de una base mínima de 653,59 euros (rendimientos de hasta 670 euros al mes) a una máxima de 5.101,20 euros; la tabla de 2027 todavía no está publicada. Recuerda que al rendimiento neto se le resta un 7 % por gastos genéricos (3 % para administradores y socios con participación relevante).

5. Aprende de la última regularización

La regularización de 2024 se hizo a principios de 2026, con devoluciones hasta el 15 de abril (Seguridad Social); la de 2025 aún no tiene fechas publicadas. Si este año ganas bastante más o menos de lo previsto, el último cambio de base te acerca a la cifra real y evita una deuda grande.

6. Prepara tu facturación sin precipitarte

VERI*FACTU: octubre de 2028, anunciado por Hacienda y pendiente de BOE (fecha vigente hoy, según la Agencia Tributaria: 1 de enero de 2027 para quienes tributan por Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto, autónomos incluidos). El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció su intención de aplazar esas obligaciones hasta octubre de 2028 para alinearlas con la factura electrónica obligatoria, que para quien factura menos de 8 millones llega el 6 de octubre de 2028 (calendario de implantación). Mientras el aplazamiento no esté en el BOE, las fechas vigentes son las de 2027. Lo sensato es preguntar ya a tu proveedor de software si cumple ambos requisitos.

7. Y de cara a enero

Como referencia, en enero de 2026 las retenciones (111 y 115) del cuarto trimestre vencieron el día 20 y el 303, el resumen anual 390 y el 130 el día 30 (AEAT). Confirma las fechas exactas cuando se publique el calendario de 2027.

Checklist rápido

  • [ ] 303, 130/131, 111, 115 y 349 del 3T presentados antes del 20 de octubre.
  • [ ] Saldo para el segundo plazo de la Renta el 5 de noviembre.
  • [ ] Decisión sobre módulos, estimación directa simplificada o criterio de caja antes del 31 de diciembre.
  • [ ] Previsión de rendimientos para 2027 y cambio de base en Importass antes del 31 de diciembre.
  • [ ] Consulta a tu proveedor de facturación sobre VERI*FACTU y factura electrónica.

Diez minutos con esta lista y una llamada a tu gestor te ahorran recargos y sustos en enero.

Comentar en el foroÚltima actualización: 20 oct 2026

Escrito por Equipo Simplifico

Contenido divulgativo elaborado por Simplifico para autónomos y pymes. No sustituye el asesoramiento profesional: comprueba siempre la normativa vigente en las fuentes oficiales (BOE, Agencia Tributaria, Seguridad Social).

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