Documentos y trámites

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Hoja de ruta para pasar a SL

Los pasos para constituir una sociedad limitada, el capital que necesitas y una suma de los gastos de notaría, registro y gestoría con los presupuestos que te den.

Capital y presupuestos

Lo que necesitas

Dinero para arrancar3.000,00 €Capital más gastos de constitución.
Gastos de constitución0,00 €

Paso a paso

  1. Elige el nombre. Pide al Registro Mercantil Central el certificado negativo de denominación (puedes proponer hasta cinco nombres por orden de preferencia).
  2. Decide capital, socios y administración. El capital mínimo es 1 €. Por debajo de 3.000 € tendrás que dotar reserva legal y respondes de la diferencia si la sociedad se liquida sin patrimonio suficiente.
  3. Aporta el capital. Deposítalo en una cuenta a nombre de la sociedad y lleva el justificante al notario, o declarad en la escritura que respondéis solidariamente de esas aportaciones.
  4. Prepara los estatutos. Con estatutos tipo y el sistema CIRCE (Documento Único Electrónico desde un Punto de Atención al Emprendedor) el trámite es más rápido. Si quieres estatutos propios, redáctalos con tu asesoría.
  5. Firma la escritura ante notario. El notario pide a Hacienda el NIF provisional y envía la escritura al Registro Mercantil.
  6. Inscripción en el Registro Mercantil. Con estatutos tipo, el registro inscribe en 6 horas hábiles. Después se pide el NIF definitivo. La publicación en el BORME no paga tasas.
  7. Altas de la sociedad. Desde el Punto de Atención al Emprendedor se envían los datos a Hacienda y a la Seguridad Social para el inicio de actividad. Revisa con tu asesoría en qué régimen cotizas tú como socio y las licencias del ayuntamiento.
  8. Cierra o adapta tu actividad como autónomo. Decide qué pasa con tus clientes, contratos, facturación y bienes actuales antes de empezar a facturar desde la sociedad.

La figura de la sociedad en «formación sucesiva» ya no existe: la Ley 18/2022 la suprimió al bajar el capital mínimo a 1 €. Los precios de notaría y registro dependen del caso; no se incluyen cifras para no darte un importe inventado.

Fuentes: BOE: Ley de Sociedades de Capital, art. 4; BOE: Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores, arts. 15 y 16; BOE: Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas.

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