# Certificados digitales y trámites electrónicos

Cómo identificarte online ante la Administración, cómo obtener y renovar el certificado y qué portales usa un autónomo.

Página: https://simplifico.es/herramientas/guias/certificado-digital · Actualizado: 2026-10

Para casi todos los trámites con Hacienda y la Seguridad Social necesitas un medio de identificación electrónico: Cl@ve, certificado digital de la FNMT o DNI electrónico. Las empresas y entidades con personalidad jurídica están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración y a recibir notificaciones electrónicas, que se consultan en DEHú o en la sede de cada organismo.

## Datos clave

- Certificado FNMT persona física: Gratuito; la vídeo identificación cuesta 2,99 euros más impuestos
- Vigencia persona física: 4 años (según condiciones de uso de la FNMT)
- Renovación: Desde 60 días antes de la caducidad; caducado no se puede renovar
- Representante de persona jurídica: 2 años de validez; 14 euros sin impuestos
- Vídeo identificación: Respuesta en aproximadamente 48 horas hábiles
- Notificación electrónica obligatoria: Rechazada tras 10 días naturales sin acceder

## Paso a paso

1. 1. Elige el medio de identificación: Cl@ve (PIN, Permanente o Móvil), certificado electrónico de la FNMT o DNI electrónico. Para una empresa, necesitarás además un certificado de representante. Cl@ve PIN está pensado para personas físicas que actúan en nombre propio.
2. 2. Configuración previa: Para el certificado de la FNMT instala el Configurador FNMT-RCM (Windows, macOS o Linux) y usa un navegador actualizado. Haz todo el proceso desde el mismo equipo y con el mismo usuario, y no formatees el ordenador entre la solicitud y la descarga.
3. 3. Solicita el certificado por internet: En la sede de la FNMT, en Obtener Certificados, elige certificado de persona física. Al terminar recibes por correo un Código de Solicitud que necesitarás para acreditarte y para descargar el certificado.
4. 4. Acredita tu identidad: Hay dos vías. Presencial: en una oficina de acreditación de un organismo colaborador o en oficinas consulares de España en el extranjero (en las de la AEAT y la Seguridad Social a veces se exige cita previa). Por vídeo identificación: escaneas con el móvil el código QR que aparece en pantalla y necesitas un DNI electrónico vigente; el servicio cuesta 2,99 euros más impuestos y la respuesta llega en unas 48 horas hábiles.
5. 5. Descarga e instala el certificado: Una vez aprobada la acreditación, descarga el certificado con el Código de Solicitud (aproximadamente 1 hora después de acreditarte, en la vía presencial). Haz una copia de seguridad.
6. 6. Si tienes DNIe, no necesitas acreditar: La FNMT también permite obtener el certificado usando el DNI electrónico. En ese caso el proceso no incluye paso de acreditación: solo configuración previa, solicitud y descarga.
7. 7. Date de alta en el servicio de avisos de notificaciones: Si eres empresa o entidad obligada, accede a DEHú con certificado o Cl@ve para consultar tus notificaciones. El servicio de avisos por correo es de suscripción voluntaria y se gestiona desde la sede de la AEAT o desde DEHú.
8. 8. Renueva a tiempo: El certificado de persona física puede renovarse desde 60 días antes de su caducidad, siempre que no esté revocado. Si ya ha caducado, hay que obtener uno nuevo.

## Cl@ve: PIN, Permanente y Móvil

Cl@ve es el sistema de identificación electrónica de las administraciones públicas. Hay que registrarse antes de usarlo.

- Cl@ve PIN: validez limitada en el tiempo; se accede con un código elegido por ti y un PIN de un solo uso que llega por la app Cl@ve PIN o por SMS.
- Cl@ve Permanente: usuario (tu DNI o NIE) y una contraseña que estableces en la activación; para servicios de nivel de seguridad elevado se pide además un código de un solo uso por SMS.
- Cl@ve Móvil y Cl@ve Firma también figuran entre los métodos de la web oficial.
- El registro puede hacerse por internet con videoidentificación, con carta de invitación, con certificado electrónico o DNIe, o presencialmente en una oficina de registro.

## Certificado de la FNMT de persona física

Lo puede solicitar cualquier persona, española o extranjera, mayor de edad o menor emancipado, con DNI o NIE. Sirve para identificarte y firmar electrónicamente con la Administración y con entidades privadas.

- El certificado no tiene coste. Solo la vídeo identificación cuesta 2,99 euros más impuestos.
- Cuatro vías de obtención: vídeo identificación, acreditación presencial, DNIe y dispositivo móvil (app).
- Solo puedes tener un certificado de persona física vigente: si pides otro con la app, el anterior se revoca automáticamente.
- La vídeo identificación actualmente solo está disponible con DNI electrónico vigente.

## Renovación del certificado

El proceso de renovación tiene tres fases: configuración previa, solicitud de renovación y descarga.

- Se puede renovar desde 60 días antes de la fecha de caducidad y mientras no haya sido revocado.
- Si ya ha caducado no se puede renovar; hay que solicitar uno nuevo.
- Si lo obtuviste identificándote con otro certificado o con DNIe, o si ya se ha renovado una vez, no puedes renovar online: debes volver a acreditar tu identidad presencialmente en una oficina de la FNMT.

## Representante de persona jurídica

Es el certificado que usan las sociedades y otras entidades para sus trámites. Se expide a una persona física que representa a la entidad.

- Validez de 2 años y precio de 14 euros sin impuestos, con pago solo con tarjeta Visa o Mastercard.
- Pasos: configuración previa, solicitud por internet con Código de Solicitud, acreditación de identidad y descarga.
- La acreditación online está disponible solo para entidades con NIF que empiece por A, B, C o D; en otros casos se hace presencialmente en una oficina de la AEAT (con cita previa), la CNMV o la Comunidad Foral de Navarra.
- Si el representante es mancomunado o apoderado, necesita poderes específicos con cláusula que le permita obtener el certificado.
- Si eres administrador único o solidario, la FNMT dispone de un certificado específico que conviene consultar en su sede.

## Notificaciones electrónicas obligatorias y DEHú

La Ley 39/2015 (artículo 14.2) obliga a relacionarse electrónicamente con las administraciones, en todo caso, a las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, los profesionales con colegiación obligatoria (para su actividad profesional) y los representantes de estos sujetos. La Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú) es el punto donde se consultan las notificaciones.

- En la AEAT están obligadas a recibir notificaciones electrónicas las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, los profesionales colegiados y los inscritos en el Registro de Grandes Empresas, consolidación fiscal, grupo de entidades del IVA o REDEME.
- Para las personas físicas, la AEAT indica que el uso de medios electrónicos es voluntario salvo que estén en alguno de esos supuestos.
- Se acceden con certificado electrónico o Cl@ve.
- La notificación se entiende producida al acceder a su contenido; si no se accede, por el transcurso de 10 días naturales desde su puesta a disposición.
- La AEAT permite señalar hasta 30 días naturales de cortesía en los que no pondrá notificaciones a tu disposición.

## Portales que usa un autónomo

Con un único medio de identificación se accede a todos estos servicios.

- Agencia Tributaria (sede.agenciatributaria.gob.es): modelo 036, impuestos, Mis notificaciones.
- Import@ss y sede de la Seguridad Social: alta, baja, cambios de base y mutua del RETA (acceso con SMS, Cl@ve o certificado).
- DEHú (dehu.redsara.es): notificaciones de las administraciones en un único punto.
- Sede electrónica del SEPE: notificaciones electrónicas, registro electrónico y trámites para personas y empresas.

## Errores frecuentes

- Formatear el ordenador o cambiar de equipo entre la solicitud y la descarga del certificado.
- Perder la contraseña elegida en la solicitud: no se puede recuperar y hay que empezar de nuevo.
- Dejar caducar el certificado: ya no se puede renovar y hay que volver a acreditarse.
- No revisar DEHú o la sede de la AEAT y dejar pasar los 10 días naturales de una notificación.
- Usar Cl@ve PIN para actuar en nombre de una sociedad.

## Preguntas frecuentes

### ¿Cl@ve vale para todo?

No siempre. Cl@ve sirve para identificarse en muchos servicios, pero Cl@ve PIN está pensado para personas físicas que actúan en nombre propio, y no para representar a una sociedad. Para actuar por una empresa se usa el certificado de representante.

### ¿Cuánto cuesta el certificado de persona física de la FNMT?

El certificado no tiene coste. La vía de vídeo identificación cuesta 2,99 euros más impuestos.

### ¿Puedo obtener el certificado sin desplazarme?

Sí, con la vídeo identificación, que necesita un DNI electrónico vigente y un móvil. La revisión de tu vídeo se hace después y tarda aproximadamente 48 horas hábiles.

### ¿Cuánto dura el certificado y cuándo se renueva?

Las condiciones de uso de la FNMT indican 4 años de vigencia para persona física. La renovación se puede pedir desde 60 días antes de la caducidad; una vez caducado hay que pedir uno nuevo.

### ¿Qué pasa si no abro una notificación electrónica obligatoria?

Si no accedes en 10 días naturales desde su puesta a disposición, la notificación se considera practicada igualmente. Revisa DEHú o tu área personal de la AEAT con regularidad.

### ¿Un autónomo está obligado a recibir notificaciones electrónicas?

Según la página de la AEAT consultada, para las personas físicas el uso de medios electrónicos es voluntario salvo supuestos concretos (grandes empresas, consolidación fiscal, grupo IVA, REDEME). Una sociedad sí está obligada. Comprueba en tu caso si estás en alguno de los supuestos obligatorios.

### ¿Puedo tener dos certificados de persona física a la vez?

No: si solicitas uno nuevo por la app, el anterior se revoca automáticamente, porque solo se puede disponer de un certificado de persona física vigente.

Nota: La página principal de DEHú (dehu.redsara.es) solo devolvió títulos de secciones, sin texto, por lo que su descripción se basa en la AEAT y en la Ley 39/2015; no se cita como fuente. Sin confirmar: (1) vigencia exacta del certificado de persona física (4 años) en una página abierta de la sede: figura en las condiciones de uso de la FNMT según búsqueda, no en la página principal; (2) documentos admitidos para la acreditación presencial; (3) el plazo de rechazo de 10 días del artículo 43.2 de la Ley 39/2015 está confirmado en la FAQ de la AEAT, no en el texto del BOE (la página se cortó antes); (4) si los autónomos personas físicas están obligados a notificaciones electrónicas en la Seguridad Social (Orden ISM/903/2020 y Orden ISM/541/2026 no se abrieron); (5) certificado de administrador único o solidario y condiciones de representante persona jurídica en 2026; (6) la sede del SEPE solo se verificó a nivel de portada; (7) en Cl@ve no se contrastó el nivel de seguridad de cada método de registro.

## Fuentes oficiales

- [FNMT - Certificado electrónico de ciudadano (persona física)](https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica)
- [FNMT - Obtener certificado con vídeo identificación](https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica/obtener-certificado-video-identificacion)
- [FNMT - Dónde acreditarse](https://www.sede.fnmt.gob.es/preguntas-frecuentes/certificado-de-persona-fisica/-/asset_publisher/eIal9z2VE0Kb/content/1046-donde-puedo-acreditarme-para-obtener-un-certificado-emitido-por-fnmt-)
- [FNMT - Cuándo renovar el certificado de persona física](https://www.sede.fnmt.gob.es/preguntas-frecuentes/certificado-de-persona-fisica/-/asset_publisher/eIal9z2VE0Kb/content/1158-cuando-he-de-renovar-mi-certificado-)
- [FNMT - Certificado de representante de persona jurídica](https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/persona-juridica)
- [Cl@ve - Qué es Cl@ve](https://clave.gob.es/clave_Home/clave.html)
- [Cl@ve - Qué es Cl@ve PIN](https://clave.gob.es/clave-pin/que-es)
- [Cl@ve - Qué es Cl@ve Permanente](https://clave.gob.es/clave-permanente/que-es)
- [Agencia Tributaria - Notificaciones electrónicas: preguntas frecuentes](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/otros-servicios/notificaciones/notificaciones/preguntas-frecuentes.html)
- [BOE - Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común (art. 14)](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10565)
- [Seguridad Social - Import@ss para autónomos](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/HerramientasWeb/0317ca6b-5e46-43fd-b7d1-d013b8607714/autonomos_importass)
- [Sede electrónica del SEPE](https://sede.sepe.gob.es/portalSede/flows/inicio)

Información general; no sustituye el asesoramiento profesional para cada caso.

Editado por Simplifico (https://simplifico.es), portal para autónomos y pymes en España con sede en Bilbao.
