# Truco 149: Si arrastras IVA a compensar, pide la devolución en el modelo 303 del cuarto trimestre

Categoría: Impuestos y deducciones. Página: https://simplifico.es/comunidad/tips/devolucion-iva-cuarto-trimestre-303

Cuando el IVA que soportas supera al que repercutes, el saldo puede compensarse en los trimestres siguientes durante cuatro años. Pero en la autoliquidación del último periodo del año, que se presenta hasta el 30 de enero, puedes pedir la devolución del saldo que tengas a 31 de diciembre. Si eliges la devolución, ya no podrás compensarlo. Si hiciste una inversión fuerte o facturas poco, pedir la devolución te devuelve liquidez en lugar de dejarla parada.

**Acción:** mira cuánto IVA a compensar acumulas este año y decide antes de enero si lo pedirás en el 303 del cuarto trimestre.

**Ejemplo:** Compraste equipos con 3.000 € de IVA y terminas el año con 2.400 € a compensar: en el 303 del 4T, hasta el 30 de enero, solicitas la devolución de los 2.400 €.

**Error habitual:** Dejar el saldo a compensar año tras año hasta que pasan los cuatro años y se pierde.

**País Vasco y Navarra:** En País Vasco y Navarra el IVA lo gestiona la hacienda foral correspondiente, con modelos y plazos propios.

## Herramientas de Simplifico

- https://simplifico.es/herramientas/tesoreria
- https://simplifico.es/herramientas/calendario-fiscal

## Fuentes oficiales

- [Ley del IVA, arts. 99.Cinco y 115 (BOE)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740#a115)
- [Reglamento del IVA, art. 71.4 (BOE)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28925#a71)

Actualizado: 2026-10-29. Información general; no sustituye el asesoramiento profesional.

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