# Truco 150: Deduce los regalos y comidas con clientes, pero sin pasar del 1 % de tu cifra de negocios

Categoría: Impuestos y deducciones. Página: https://simplifico.es/comunidad/tips/atenciones-clientes-deducibles-limite-1-por-ciento

Los gastos por atenciones a clientes o proveedores, como regalos de Navidad, una comida de trabajo o detalles promocionales, son deducibles en la actividad, con un límite: no pueden superar el 1 % del importe neto de tu cifra de negocios del año. Esta regla del Impuesto sobre Sociedades se aplica también a los autónomos en estimación directa. Guarda la factura a tu nombre, anota a quién atendiste y por qué, y lleva la cuenta de lo acumulado.

**Acción:** calcula el 1 % de tu facturación prevista para este año y fija con esa cifra tu presupuesto de regalos y comidas con clientes.

**Ejemplo:** Facturas 60.000 € al año: puedes deducir hasta 600 € en atenciones a clientes. Si gastas 900 € en cestas de Navidad, 300 € no serán deducibles.

**Error habitual:** Deducir comidas personales o familiares como atenciones a clientes, sin factura ni relación con la actividad.

**País Vasco y Navarra:** En País Vasco y Navarra el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades son forales y los límites pueden ser distintos.

## Herramientas de Simplifico

- https://simplifico.es/herramientas/gastos-deducibles

## Fuentes oficiales

- [Ley del Impuesto sobre Sociedades, art. 15.e (BOE)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-12328#a15)
- [Ley del IRPF, art. 28.1 (BOE)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764#a28)

Actualizado: 2026-10-29. Información general; no sustituye el asesoramiento profesional.

Editado por Simplifico (https://simplifico.es), portal para autónomos y pymes en España con sede en Bilbao.