# Gas regulado (TUR): precios desde octubre, tope a la subida y un cargo si te vas antes

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> La TUR de gas sube el 1 de octubre con un tope del 35 % en la materia prima. Si dejas la tarifa antes de 2027 pagarás 2,05 céntimos por kWh consumido.

- URL: https://simplifico.es/blog/tur-gas-octubre-2026-precios-tope-penalizacion-abandonar
- Publicado el 29 de octubre de 2026 (2026-10-29)
- Autor: Equipo Simplifico
- Editado por Simplifico (https://simplifico.es), portal para autónomos y pymes en España con sede en Bilbao
- Categoría: Consejos Prácticos
- Etiquetas: gas natural, TUR, RDL 25/2026, energía, pymes, tarifa regulada

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La tarifa de último recurso (TUR) de gas natural tiene precios nuevos desde el **1 de octubre de 2026**. Los fijó la [Resolución de 30 de septiembre de 2026 de la Dirección General de Política Energética y Minas](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20389), publicada en el BOE del 1 de octubre. La revisión aplica por primera vez el tope que introdujo el [Real Decreto-ley 25/2026](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20265): el coste de la materia prima no puede subir más de un 35 % respecto al de julio. La parte que no se cobra ahora se recuperará a partir de 2027, y quien abandone la TUR antes tendrá que pagar su parte.

## Quién puede estar en la TUR

La resolución recuerda que solo pueden acogerse los **consumidores individuales con presión de hasta 4 bar y un consumo anual inferior a 50.000 kWh**, además de las comunidades de propietarios y algunos edificios residenciales. Muchos autónomos y pequeños negocios con caldera o cocina de gas (bares, peluquerías, panaderías pequeñas, despachos) entran en ese límite.

## Los precios desde el 1 de octubre (sin impuestos)

| Tarifa | Consumo anual | Término fijo | Término variable |
|---|---|---|---|
| TUR.1 | hasta 5.000 kWh | 3,83 €/mes | 5,252590 cént./kWh |
| TUR.2 | 5.000 a 15.000 kWh | 8,17 €/mes | 5,042762 cént./kWh |
| TUR.3 | 15.000 a 50.000 kWh | 19,32 €/mes | 4,698799 cént./kWh |

A estos precios hay que sumar el impuesto sobre hidrocarburos, el alquiler del contador y el IVA. El IVA del gas sigue en el 21 % en noviembre, porque su IPC de septiembre subió un 4,3 % y no alcanzó el 15 % que exige el decreto para rebajarlo.

## El tope y la «deuda» que se arrastra

La resolución detalla el cálculo. Con la fórmula ordinaria, la materia prima habría costado **5,626153 céntimos por kWh**. Por el tope del decreto se aplica **3,574741 céntimos**. La diferencia es una deuda que se recuperará en las revisiones trimestrales posteriores, desde la de **1 de enero de 2027**. En esa revisión de enero la materia prima tampoco podrá subir más de un 15 %. Además, mientras quede deuda pendiente el precio de la materia prima no podrá bajar.

## Si te cambias al mercado libre, hay un cargo

Este es el punto que más afecta a quien esté pensando en cambiar de comercializadora. El artículo 1 del RDL 25/2026 obliga a quien abandone la TUR antes de saldar la deuda a pagar su parte. La resolución fija una **deuda media de 2,051412 céntimos por kWh** (sin impuestos). Si te vas antes del 1 de enero de 2027, se multiplica por la energía que te hayan facturado desde el 1 de octubre, o desde que contrataste si es posterior. A eso se suma un coste financiero a partir de los 60 días en la tarifa y, después, los impuestos.

Un ejemplo orientativo (cálculo propio): un pequeño local que consume unos 1.000 kWh al mes y se va del TUR a primeros de diciembre, tras unos 2.000 kWh facturados, pagaría alrededor de 41 euros antes del coste financiero y los impuestos.

## Qué hacer ahora

1. **Mira tu factura de gas**: si pone «tarifa de último recurso» o «TUR.1/2/3», estás en la regulada y te aplican estos precios.
2. **Si piensas cambiarte de comercializadora**, calcula antes el cargo por salida y compáralo con el ahorro real de la oferta. Pide a la nueva compañía que te lo detalle por escrito.
3. **Cuenta con más subidas en enero de 2027**: la recuperación de la deuda empieza en esa revisión, con un límite del 15 % en la materia prima.
4. Si en tu negocio el gas pesa menos que la electricidad, revisa también la luz con nuestro [analizador de la factura](https://simplifico.es/herramientas/analizar-factura-luz).

## Fuentes citadas

- [Resolución de 30 de septiembre de 2026 de la Dirección General de Política Energética y Minas](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20389)
- [Real Decreto-ley 25/2026](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20265)

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