# TPV y comisiones por cobrar con tarjeta: qué parte está limitada por ley y qué negociar

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> Tasa de descuento, tasa de intercambio y sus topes legales en España (0,2 % débito, 0,3 % crédito). Cómo comparar ofertas de TPV con números.

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- Publicado el 28 de octubre de 2026 (2026-10-28)
- Autor: Equipo Simplifico
- Editado por Simplifico (https://simplifico.es), portal para autónomos y pymes en España con sede en Bilbao
- Categoría: Consejos Prácticos
- Etiquetas: TPV, comisiones bancarias, pagos con tarjeta, comercio, pymes

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Si tienes un comercio, un taller o un centro de estética, cobrar con tarjeta ya no es opcional: muchos clientes no llevan efectivo. Pero cada pago con tarjeta te cuesta una comisión, y en un año sin mirarla se convierte en un gasto fijo bastante grande. Para negociarla, primero hay que entender qué estás pagando.

## Las tres piezas de la comisión

La [Ley 18/2014](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-10517) define la **tasa de descuento** como lo que pagas a tu proveedor del TPV por cada cobro. Tiene tres partes:

1. **Tasa de intercambio**: va al banco que emitió la tarjeta del cliente. Es la única **limitada por ley**.
2. **Comisión de procesamiento y del sistema de pagos**: la de Visa, Mastercard y las demás redes.
3. **Margen del adquirente**: lo que se queda tu banco o tu proveedor de TPV. Esta parte es **libre y se puede negociar**.

## Los topes legales de la tasa de intercambio

La Ley 18/2014 fija estos máximos para los pagos en España:

| Tarjeta | Pagos de más de 20 € | Pagos de hasta 20 € |
|---|---|---|
| **Débito** | 0,2 % del importe, con un máximo de 7 céntimos | 0,1 % |
| **Crédito** | 0,3 % | 0,2 % |

Hay que tener en cuenta dos cosas:

- Los topes **no se aplican a las tarjetas de empresa**, como recuerda el [Banco de España en su Circular 1/2015](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-3376). Si muchos de tus clientes son empresas que pagan con tarjeta corporativa, esos cobros pueden salirte más caros.
- Para tarjetas de consumidores emitidas en otros países de la UE rige el [Reglamento (UE) 2015/751](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32015R0751), con topes europeos parecidos. Las tarjetas de fuera de la UE pueden costar bastante más.

### Qué significa en euros

- Pago de **50 € con débito**: el 0,2 % serían 10 céntimos, pero el tope deja la tasa de intercambio en **7 céntimos como máximo**.
- Pago de **15 € con débito**: como mucho, 1,5 céntimos.
- Pago de **200 € con crédito**: como mucho, 60 céntimos.

Si tu proveedor te cobra un 1,5 % por todo, en el pago de 50 € con débito te quedas sin 75 céntimos. Solo 7 van al banco emisor, como máximo. El resto son procesamiento y margen. Esa es la parte que hay que negociar.

## Los modelos de precio que te van a ofrecer

- **Tasa plana**: un mismo porcentaje para cualquier tarjeta, a veces con un mínimo por operación. Es fácil de entender, pero suele salir caro si tus clientes pagan sobre todo con débito.
- **Tasas por tipo de tarjeta**: un porcentaje para débito, otro para crédito y otro para las tarjetas de empresa o extranjeras. Pide que te lo den por escrito.
- **«Intercambio más»**: te repercuten la tasa de intercambio real y te cobran aparte un margen fijo. Es el modelo más transparente, pero los extractos se complican.
- **Cuota fija**: algunos proveedores cobran un alquiler mensual por el terminal, con las comisiones incluidas hasta cierto volumen. Calcula si de verdad llegas a ese volumen.

No te olvides de los **costes que no son porcentaje**: alquiler o compra del terminal, cuota de mantenimiento, comisión por devoluciones y contracargos, permanencia y penalización si te vas, y si el TPV te obliga a tener cuenta en ese banco.

## Cómo comparar dos ofertas con tus datos

1. Saca de tus extractos los cobros con tarjeta de los últimos tres meses: **número de operaciones e importe total**.
2. Calcula tu **ticket medio** (importe total entre número de operaciones).
3. Si puedes, separa los pagos con débito, con crédito y con tarjetas de empresa o extranjeras.
4. Aplica a cada oferta su porcentaje, los mínimos por operación y las cuotas fijas, y pásalo a coste anual.

Con un ticket medio bajo, del estilo de una cafetería o un quiosco, pesan mucho los **mínimos por operación**. Con tickets altos, como en un taller o una clínica, pesa más el **porcentaje**. Cuando tengas el coste, la calculadora de [punto de equilibrio](https://simplifico.es/herramientas/punto-equilibrio) te ayuda a ver cuánto te come del margen.

## Cosas que puedes negociar

- Un **porcentaje distinto para débito**: es donde la tasa de intercambio es más baja.
- Que **quiten la cuota del terminal** si llegas a cierto volumen.
- Que no haya **permanencia**, o que sea corta.
- **Abono diario** de lo cobrado, sin retenciones.
- Si ya tienes la cuenta en ese banco, que tengan en cuenta todo lo que trabajas con ellos.

Recuerda que las comisiones bancarias son libres, pero tienen que estar publicadas y solo pueden cobrarte por servicios que hayas aceptado ([Orden EHA/2899/2011, art. 3](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17015)). Si en el extracto aparece un concepto que no conoces, pregunta. Y si no te lo explican, reclámalo.

## No olvides el lado fiscal

Las comisiones del TPV son **gasto deducible** de la actividad. Los servicios financieros de cobro suelen estar exentos de IVA, así que normalmente no tendrás IVA que deducir. Guarda las liquidaciones mensuales del TPV: te servirán para justificar el gasto y para cuadrar ingresos con la contabilidad.

## Qué hacer ahora

Busca tu última liquidación del TPV y calcula cuánto has pagado de comisiones en el último trimestre, y qué porcentaje supone sobre lo cobrado. Si pasa claramente del 1 % y la mayoría de tus clientes pagan con débito, tienes margen para negociar. Pide por escrito dos ofertas más con tasas separadas por tipo de tarjeta y compáralas con tu volumen real antes de firmar.

## Fuentes citadas

- [Ley 18/2014](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-10517)
- [Banco de España en su Circular 1/2015](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-3376)
- [Reglamento (UE) 2015/751](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32015R0751)
- [Orden EHA/2899/2011, art. 3](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17015)

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Información general de Simplifico (https://simplifico.es); no sustituye el asesoramiento profesional.
