# Nuevo decreto del amianto: límite diez veces más bajo y seis meses para renovar el RERA

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> El RD 847/2026, en vigor desde el 24 de octubre, baja el límite a 0,01 fibras/cm³. Las empresas del RERA deben pedir la renovación en seis meses.

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- Publicado el 29 de octubre de 2026 (2026-10-29)
- Autor: Equipo Simplifico
- Editado por Simplifico (https://simplifico.es), portal para autónomos y pymes en España con sede en Bilbao
- Categoría: Legal y Normativa
- Etiquetas: amianto, prevención de riesgos laborales, construcción, RERA, Real Decreto 847/2026

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El BOE del 23 de octubre de 2026 publicó el [Real Decreto 847/2026, de 21 de octubre](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22081), que fija las nuevas normas de seguridad y salud para los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Sustituye al Real Decreto 396/2006, incorpora la Directiva (UE) 2023/2668 y está **en vigor desde el 24 de octubre de 2026**, al día siguiente de su publicación. Afecta de lleno a pequeñas empresas y autónomos con empleados de la construcción, las reformas, el mantenimiento, la fontanería, la electricidad o la gestión de residuos.

## A quién se aplica

A cualquier actividad en la que los trabajadores estén o puedan estar expuestos a fibras de amianto, en especial:

- Demoliciones y desmantelamientos donde haya amianto.
- Retirada de amianto de edificios, instalaciones, vehículos o trenes.
- **Mantenimiento y reparación** de materiales con amianto o junto a ellos (cubiertas de fibrocemento, bajantes, depósitos, aislamientos).
- Transporte, almacenamiento y tratamiento de residuos con amianto.
- Los exámenes previos para localizar materiales con amianto antes de una obra.

## Las novedades principales

- **Límite de exposición**: ninguna persona trabajadora puede estar expuesta a más de **0,01 fibras por centímetro cúbico** en una media de ocho horas. Es diez veces más estricto que el límite de 0,1 fibras del decreto anterior. Hasta el 20 de diciembre de 2029 se mantiene el método actual de medición por microscopía óptica.
- **Evaluación de riesgos con medición**: la evaluación de cualquier actividad con riesgo de amianto debe incluir la medición de la concentración de fibras en el aire y su comparación con el límite.
- **Plan de trabajo aprobado y aviso previo**: antes de cada trabajo hace falta un plan de trabajo aprobado por la autoridad laboral. El inicio de los trabajos debe comunicarse con al menos **siete días hábiles** de antelación, salvo los trabajos que no se pueden programar.
- **Formación gratuita** para los trabajadores antes de empezar a trabajar con amianto y cada vez que cambien sus funciones.
- **Laboratorios acreditados**: el reconocimiento formal de los laboratorios que identifican amianto en materiales será exigible a los **seis meses** de la publicación.

## El Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA)

Toda empresa que vaya a hacer estos trabajos tiene que inscribirse en el **RERA** antes de empezar, ante la autoridad laboral de la comunidad donde tenga su domicilio social. La administración tiene 45 días para resolver; si no responde, la inscripción se entiende concedida.

La novedad que más urge: **las empresas ya inscritas deben pedir la renovación en un plazo de seis meses** desde la entrada en vigor del decreto. Contando desde el 24 de octubre de 2026, el plazo acaba en torno al **24 de abril de 2027** (cálculo propio). Quien no lo pida, **causará baja en el registro**. Para renovar hay que presentar la resolución del último plan de trabajo aprobado, que tiene que ser de los tres años anteriores.

## Si solo haces reformas pequeñas

El decreto solo contempla una excepción limitada: en exposiciones esporádicas y de baja intensidad, si la evaluación demuestra que no se superará el límite, no hace falta la comunicación previa de inicio. Vale, por ejemplo, para mantenimientos cortos con materiales no friables o para retirar sin romperlos materiales en buen estado. El resto de obligaciones (evaluación, formación, protección) se mantienen. Que una obra sea pequeña no te exime. Si en una reforma aparece fibrocemento o cualquier material sospechoso, para y consulta antes de tocarlo.

## Qué hacer ahora

1. **Si estás inscrito en el RERA**, pide la renovación ante tu autoridad laboral cuanto antes y no esperes al final del plazo de seis meses.
2. **Actualiza tu evaluación de riesgos** con el nuevo límite de 0,01 fibras/cm³ y revisa los planes de trabajo con tu servicio de prevención.
3. **Antes de cada obra en edificios antiguos**, comprueba si hay materiales con amianto y documenta el examen.
4. **Forma a tu equipo** antes de cualquier trabajo con amianto y guarda las pruebas de la formación.
5. Si vas a presupuestar una reforma, incluye estos costes con nuestro [generador de presupuestos de reforma](https://simplifico.es/herramientas/presupuesto-reforma).

## Fuentes citadas

- [Real Decreto 847/2026, de 21 de octubre](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22081)

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