# Modelo 390: El Resumen Anual del IVA que Cierra tu Año Fiscal

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> El modelo 390 es la declaración informativa que resume todo el IVA del año. Qué es, quién está obligado a presentarlo, quién queda exonerado, cuándo se presenta y cómo hacer que cuadre con tus modelos 303.

- URL: https://simplifico.es/blog/modelo-390-resumen-anual-iva
- Publicado el 3 de octubre de 2026 (2026-10-03)
- Autor: Equipo Simplifico
- Editado por Simplifico (https://simplifico.es), portal para autónomos y pymes en España con sede en Bilbao
- Categoría: Fiscal y Tributario
- Etiquetas: modelo 390, IVA, resumen anual IVA, AEAT, modelo 303, autónomos

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El modelo 390 es la **declaración-resumen anual del IVA**: un documento informativo en el que se recopila toda la actividad de IVA que ya has ido declarando trimestre a trimestre con el modelo 303. No implica ningún pago ni devolución adicional; su función es **resumir y cuadrar** el ejercicio completo ante la Agencia Tributaria.

## ¿Qué es exactamente y para qué sirve?
A lo largo del año, el autónomo en régimen general liquida el IVA de forma periódica (habitualmente cada trimestre) con el modelo 303. El modelo 390 **no sustituye** a esas autoliquidaciones: las reúne en una única declaración anual que ofrece la foto global del IVA repercutido y soportado durante todo el ejercicio.

## ¿Quién está obligado a presentarlo?
Con carácter general, están obligados quienes presentan autoliquidaciones periódicas de IVA (el modelo 303). Es decir, la mayoría de autónomos en **régimen general** del IVA deben presentar también su resumen anual.

## ¿Quién queda exonerado?
La normativa prevé varios supuestos de exoneración. Entre los que más afectan a autónomos y pequeños negocios están:

- Quienes tributan en el **régimen simplificado** del IVA (módulos).
- Quienes realizan **exclusivamente arrendamiento de inmuebles urbanos**.

Existen además otros supuestos de exoneración para contribuyentes con obligaciones especiales (por ejemplo, los acogidos al Suministro Inmediato de Información o al registro de devolución mensual). Como las condiciones pueden cambiar y dependen de tu situación concreta, conviene **confirmar siempre en la Sede Electrónica de la AEAT** si en tu caso estás obligado o exonerado.

## ¿Cuándo se presenta?
El modelo 390 se presenta **en enero del año siguiente** al ejercicio declarado. Según las instrucciones oficiales de la Agencia Tributaria, el plazo corresponde a los **primeros treinta días naturales de enero**. Antes de presentarlo, revisa el calendario del contribuyente en la sede de la AEAT para la fecha exacta de cada campaña.

## Cómo presentarlo
La presentación es **telemática**, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, identificándote con certificado electrónico, DNI electrónico o el sistema **Cl@ve**. No se paga nada al presentarlo: es una declaración meramente informativa.

## El punto clave: que cuadre con tus modelos 303
El mayor riesgo del 390 no es el modelo en sí, sino las **incoherencias** con lo declarado durante el año. La suma de las bases y cuotas de tus cuatro modelos 303 trimestrales debe coincidir con los totales del resumen anual. Por eso resulta tan útil:

- Llevar al día tus **libros registro de IVA** (facturas emitidas y recibidas).
- Conservar y ordenar todas las facturas del ejercicio.
- Revisar que cada trimestre se haya declarado correctamente antes de llegar a enero.

Si los datos no cuadran, es señal de que hay un error en algún trimestre que conviene localizar y corregir.

## En resumen
El modelo 390 cierra tu año de IVA: resume lo que ya declaraste con los 303 y permite a Hacienda comprobar que todo encaja. Mantén tus libros registro y tus facturas ordenados durante el año, confirma si estás obligado o exonerado y presenta el resumen dentro del plazo de enero. Ante cualquier duda sobre tu caso concreto, consulta la información oficial de la AEAT o apóyate en tu asesoría.

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Información general de Simplifico (https://simplifico.es); no sustituye el asesoramiento profesional.
