# Factura electrónica obligatoria: el reloj arrancó el 6 de octubre de 2026

[Inicio](https://simplifico.es) › [Blog](https://simplifico.es/blog) › Factura electrónica obligatoria: el reloj arrancó el 6 de octubre de 2026

> La Orden HAC/1028/2026 activa los plazos: empresas de más de 8 millones desde el 6/10/2027 y el resto de autónomos y pymes desde el 6/10/2028.

- URL: https://simplifico.es/blog/factura-electronica-obligatoria-orden-hac-1028-2026-plazos
- Publicado el 29 de octubre de 2026 (2026-10-29)
- Autor: Equipo Simplifico
- Editado por Simplifico (https://simplifico.es), portal para autónomos y pymes en España con sede en Bilbao
- Categoría: Fiscal y Tributario
- Etiquetas: factura electrónica, AEAT, Ley Crea y Crece, pymes, autónomos

---

La factura electrónica entre empresas y profesionales ya tiene fechas. El **5 de octubre de 2026** el BOE publicó la [Orden HAC/1028/2026](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-20587), que regula la **Solución Pública de Facturación Electrónica (SPFE)** de la Agencia Tributaria. La orden entró en vigor el **6 de octubre** y, como explica la [nota de la AEAT](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-noticias/2026/octubre/7/solucion-publica-facturacion-electronica.html), ese día empezaron a contar los plazos que fijaban la Ley 18/2022 (Crea y Crece) y el Real Decreto 238/2026.

## Las fechas, según la Agencia Tributaria

Los plazos se cuentan desde el 6 de octubre de 2026:

| Fecha | Quién | Qué tiene que hacer |
|---|---|---|
| **6/10/2027** | Empresarios y profesionales con volumen de operaciones superior a 8 millones de euros | Expedir, remitir y recibir facturas electrónicas e informar del estado de las facturas y de los pagos |
| **6/10/2028** | Resto de empresarios y profesionales (aquí entran la mayoría de autónomos y pymes) | Expedir, remitir y recibir facturas electrónicas. Las sociedades de 8 millones o menos, además, informar de estados y pagos |
| **6/10/2029** | Personas físicas y entidades en atribución de rentas | Informar del estado de las facturas y de los pagos |

La obligación afecta a las facturas que emites a **otros empresarios o profesionales establecidos en España**. Las que haces a particulares quedan fuera de este sistema.

## Qué es la solución pública y para qué te sirve

La SPFE es la plataforma gratuita de la AEAT pensada, según la propia orden, para pymes y profesionales. Podrás:

- **Emitir facturas** desde un formulario web, sin contratar un proveedor.
- **Recibir** las facturas de tus proveedores y consultarlas o descargarlas.
- **Comunicar el pago o el rechazo** de una factura. Es la pieza que permitirá a la Administración seguir los plazos de pago entre empresas.

Si ya trabajas con una plataforma privada de facturación, podrás seguir usándola, pero tendrá que enviar a la vez una **copia fiel** de cada factura en formato UBL a la solución pública. Cada factura llevará un código único formado con el NIF del emisor, la serie, el número y la fecha.

El acceso será con certificado electrónico y, en algunos casos, con Cl@ve, y podrás actuar mediante un apoderado inscrito en el registro de la AEAT. La orden obliga a que la plataforma esté disponible en la sede electrónica **al menos dos meses antes** de la primera fecha de obligación.

## Cómo encaja con VeriFactu

Son dos obligaciones distintas. VeriFactu regula cómo debe ser el programa con el que facturas y el envío de registros a Hacienda. La factura electrónica regula el formato y el intercambio de la factura con tu cliente empresario. Te conviene elegir un programa que cumpla las dos cosas. Puedes repasar tu situación con la [herramienta de VeriFactu](https://simplifico.es/herramientas/verifactu).

## Qué hacer ahora

1. Calcula en qué grupo estás: la mayoría de autónomos y pymes tienen como fecha el **6 de octubre de 2028**.
2. Si cambias de programa de facturación en los próximos meses, pide por escrito que genere factura electrónica estructurada y que pueda conectarse con la solución pública.
3. Sigue la página de [factura electrónica de la AEAT](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/factura-electronica.html), donde se publicarán las especificaciones técnicas y la puesta en marcha de la plataforma.

## Fuentes citadas

- [Orden HAC/1028/2026](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-20587)
- [nota de la AEAT](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-noticias/2026/octubre/7/solucion-publica-facturacion-electronica.html)
- [factura electrónica de la AEAT](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/factura-electronica.html)

---

Información general de Simplifico (https://simplifico.es); no sustituye el asesoramiento profesional.
