# Me he equivocado en el 303 o en la renta: cómo corregirlo con la rectificativa

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> Desde 2024 los errores del 303 y de la renta se corrigen con una autoliquidación rectificativa, tanto si sale a pagar como a devolver. Cómo funciona.

- URL: https://simplifico.es/blog/error-modelo-303-renta-autoliquidacion-rectificativa
- Publicado el 28 de octubre de 2026 (2026-10-28)
- Autor: Equipo Simplifico
- Editado por Simplifico (https://simplifico.es), portal para autónomos y pymes en España con sede en Bilbao
- Categoría: Fiscal y Tributario
- Etiquetas: autoliquidación rectificativa, modelo 303, renta, errores, complementaria

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Una factura que olvidaste incluir, un gasto que metiste dos veces, un tipo de IVA mal aplicado. Los errores en las declaraciones son frecuentes y tienen arreglo. Lo que ha cambiado en los últimos años es **cómo** se arreglan: en el IVA y en el IRPF, el sistema de **complementarias** y **solicitudes de rectificación** se ha sustituido por un único instrumento, la **autoliquidación rectificativa**.

## Qué ha cambiado

La reforma de la [Ley General Tributaria](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186) (artículo 120) permitió que cada impuesto establezca la rectificativa como vía para corregir una autoliquidación. El Real Decreto 117/2024 la incorporó al [Reglamento del IVA](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28925) (artículo 74 bis) y al [Reglamento del IRPF](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820) (artículo 67 bis), entre otros.

- **Modelo 303 (IVA)**: la rectificativa se aplica desde el **tercer trimestre de 2024** (septiembre de 2024 para quienes declaran mensualmente), según el [manual de IVA de la Agencia Tributaria](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/manual-iva-2026/capitulo-08-gestion-iva/modelo-303-autoliquidacion-rectificativa.html).
- **Renta (modelo 100)**: desde la **declaración de 2024**, presentada en 2025, según la [Agencia Tributaria](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/renta-ayuda-tecnica/renta-2024/modificacion-declaracion-presentada-renta-2024.html). Para ejercicios anteriores se sigue usando el sistema antiguo.

## Cómo funciona

Con la rectificativa presentas **una declaración completa nueva** del mismo periodo, marcando que es rectificativa, con todos los datos correctos, no solo la diferencia. El programa calcula el resultado comparándolo con lo que declaraste antes.

- **Si sale más a pagar** (o menos a devolver): ingresas la diferencia. Si lo haces fuera de plazo, se considera presentación extemporánea con los recargos del artículo 27 de la Ley General Tributaria (1 % más 1 % por mes completo, hasta el 15 %).
- **Si sale menos a pagar o a devolver**: con la propia rectificativa se entiende solicitada la devolución. La Agencia Tributaria tiene **seis meses** para devolver; si se retrasa por causa imputable a ella, abona intereses de demora.
- **Plazo**: puedes presentarla mientras no haya prescrito el derecho de Hacienda a liquidar o el tuyo a pedir la devolución, en general **cuatro años**.

Puedes presentar varias rectificativas del mismo periodo, pero no sirven para lo que ya haya sido regularizado por Hacienda en una liquidación.

## ¿Corregir el periodo original o el actual?

En IVA hay errores que no necesitan rectificativa del trimestre pasado:

- Una factura **recibida** que olvidaste: puedes deducir su IVA en un periodo posterior, dentro de los **cuatro años** desde que nació el derecho.
- **Rectificativas de facturas** por descuentos, devoluciones o impagos: se declaran en el periodo en que se emite la factura rectificativa.

En cambio, una factura **emitida** olvidada o un IVA repercutido de menos debe corregirse en el **periodo original**, con rectificativa y, si es fuera de plazo, con recargo.

## Ejemplo

En el 303 del segundo trimestre de 2026 olvidaste una factura emitida de 1.500 € + 315 € de IVA. Lo detectas y el 10 de octubre de 2026 presentas una rectificativa del segundo trimestre con todos los datos (incluida esa factura), ingresando los 315 €. Como el plazo terminó el 20 de julio, han pasado dos meses completos y algunos días: recargo del 3 % (9,45 €), que se reduce un 25 % si pagas a tiempo la liquidación del recargo.

## ¿Y en los demás modelos?

El modelo 130, el 111 o el 115 tienen sus propias instrucciones; en algunos casos sigue existiendo la declaración complementaria. Antes de presentar, comprueba en la sede de la Agencia Tributaria la opción disponible para ese modelo y ejercicio.

## Errores al presentar la rectificativa

- **Poner solo la diferencia**: la rectificativa recoge todos los datos del periodo, no únicamente lo que cambia.
- **Olvidar marcarla como rectificativa**: si presentas un 303 normal del mismo periodo, el sistema puede tratarlo como una declaración duplicada.
- **No pagar la diferencia al presentarla**: pierdes la reducción del 25 % del recargo.
- **Corregir en el trimestre actual un IVA repercutido de menos** de un trimestre pasado: ese IVA debió ingresarse en su periodo y Hacienda puede considerarlo un ingreso fuera de plazo.

## Antes de que te lo pidan

La clave es corregir **antes de recibir un requerimiento**. Si Hacienda ya ha iniciado una comprobación de ese impuesto y periodo, presentar la rectificativa ya no evita la sanción.

## Qué hacer ahora

1. Antes de cerrar 2026, cruza tus libros registro con los 303 presentados de los cuatro trimestres.
2. Si encuentras un error a tu favor, valora si puedes corregirlo en un periodo posterior o necesitas rectificativa.
3. Si es en tu contra, preséntala cuanto antes y calcula el coste con la [calculadora de recargos](https://simplifico.es/herramientas/recargos-extemporaneos).
4. Revisa la mecánica del 303 en nuestra [guía del modelo 303](https://simplifico.es/blog/modelo-303-iva-trimestral-guia-2026).

## Fuentes citadas

- [Ley General Tributaria](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186)
- [Reglamento del IVA](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28925)
- [Reglamento del IRPF](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820)
- [manual de IVA de la Agencia Tributaria](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/manual-iva-2026/capitulo-08-gestion-iva/modelo-303-autoliquidacion-rectificativa.html)
- [Agencia Tributaria](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/renta-ayuda-tecnica/renta-2024/modificacion-declaracion-presentada-renta-2024.html)

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