# Cuenta bancaria para autónomos: comisiones, derechos y cómo reclamar al banco

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> Qué comisiones te pueden cobrar, qué información te deben dar según la normativa de transparencia y los plazos para reclamar ante el banco y el Banco de España.

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- Publicado el 28 de octubre de 2026 (2026-10-28)
- Autor: Equipo Simplifico
- Editado por Simplifico (https://simplifico.es), portal para autónomos y pymes en España con sede en Bilbao
- Categoría: Consejos Prácticos
- Etiquetas: cuenta bancaria, comisiones bancarias, Banco de España, autónomos, finanzas

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Ninguna ley te obliga a tener una cuenta solo para el negocio, pero es de lo más útil que puedes hacer. Separas cobros y pagos de la actividad de los de casa, preparas los trimestres en la mitad de tiempo y, si Hacienda te pide justificar algo, lo tienes todo ordenado. La cuestión es elegir bien la cuenta y saber qué te puede cobrar el banco y qué no.

## ¿Te protege la normativa bancaria si eres autónomo?

Sí, como persona física. La [Orden EHA/2899/2011](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17015), de transparencia y protección del cliente bancario, se aplica a los «clientes», y dice expresamente que son **las personas físicas**. Un autónomo lo es, aunque use la cuenta para su actividad. Si operas con una SL, la sociedad es persona jurídica y esta orden no la cubre del mismo modo. Por eso conviene negociar bien las condiciones desde el principio.

## Comisiones: libres, pero con reglas

El artículo 3 de esa orden fija los principios:

- **Las comisiones son libres**: cada banco pone las suyas. No hay un precio máximo por mantener una cuenta.
- **Solo pueden cobrarse por servicios que hayas pedido o aceptado expresamente**, y que se hayan prestado de verdad o que hayan generado un gasto real.
- **Tienen que estar publicadas**: el banco debe tener a tu disposición, en sus oficinas y en su web, las comisiones que cobra con más frecuencia, en un formato que permita compararlas con las de otros bancos. Esa información también aparece en la web del Banco de España.
- **Aviso antes de operar**: si haces una operación en un cajero, por internet o por teléfono, antes de confirmarla tienen que decirte la comisión, y tiene que quedarte la opción de echarte atrás gratis.

### Las comisiones que más pesan en un negocio

| Comisión | Qué revisar |
|---|---|
| Mantenimiento y administración | Si se elimina con condiciones (ingresos mínimos, recibos, uso de tarjeta) y qué pasa si un mes no las cumples |
| Transferencias | Si las transferencias en euros, y las inmediatas, son gratuitas por banca online |
| Ingreso de cheques y efectivo | Algunos bancos cobran por ingresar efectivo en ventanilla |
| Descubierto | Interés y comisión si la cuenta se queda en negativo un día |
| TPV y tarjetas | Si el TPV va ligado a la cuenta y con qué tasa (lo vemos en otro artículo) |
| Remesas de recibos | Si cobras a tus clientes por domiciliación, lo que cuesta cada recibo y cada devolución |

## La verificación del beneficiario: un escudo gratuito

Desde el **9 de octubre de 2025**, el [Reglamento (UE) 2024/886](https://ga-p.com/publicaciones/la-obligada-verificacion-del-beneficiario-en-las-transferencias-bancarias/) obliga a los bancos a comprobar, **gratis**, si el nombre que pones al hacer una transferencia en euros coincide con el titular del IBAN de destino. Si no coincide, el banco te avisa antes de enviarla y puedes cancelarla. Es una protección muy útil contra el fraude del cambio de cuenta en las facturas. No ignores el aviso aunque tengas prisa.

## Tu dinero, garantizado hasta 100.000 €

El [Fondo de Garantía de Depósitos](https://www.fgd.es/) cubre hasta **100.000 € por titular y entidad** si el banco quiebra. Si tu colchón de tesorería, sumado a tus ahorros personales en el mismo banco, pasa de esa cifra, piensa en repartirlo entre varias entidades. Cuidado: hay marcas comerciales que pertenecen a la misma entidad.

## Cómo reclamar si te cobran algo indebido

1. **Primero, al banco**. Presenta la reclamación al Servicio de Atención al Cliente (SAC) o al Defensor del Cliente, por escrito, y guarda el justificante. Según el [Portal del Cliente Bancario](https://clientebancario.bde.es/pcb/es/blog/quiero_reclamar_contra_banco_plazos.html), el banco tiene:
   - **15 días hábiles** para responder si la reclamación es sobre servicios de pago (cuentas, tarjetas, transferencias, recibos);
   - **1 mes** en otras materias;
   - **2 meses** si no eres consumidor ni microempresa (por ejemplo, una empresa mediana).
2. **Después, al Banco de España**, si el banco no responde a tiempo o no estás de acuerdo con la respuesta. Tienes **un año** desde que reclamaste al banco. Puedes hacerlo por internet, desde la [sede del Banco de España](https://www.bde.es/wbe/es/punto-informacion/contenidos/gestiones/reclamaciones/).

Desde hace años se tramita una ley para crear una **Autoridad de Defensa del Cliente Financiero** que reuniría las reclamaciones de banca, seguros e inversión. En julio de 2026 el Gobierno anunció que [retomaría](https://www.moncloa.com/2026/07/26/autoridad-defensa-cliente-financiero-educacion-colegios-3405949/) su tramitación, pero a 28 de octubre de 2026 no consta aprobada. Mientras tanto, el cauce sigue siendo el Banco de España.

## Cómo elegir cuenta: lista rápida

- Sin comisión de mantenimiento, o con condiciones que cumples todos los meses sin esfuerzo.
- Transferencias inmediatas gratis y banca online con varios usuarios, si tienes gestoría o socios.
- Exportación de movimientos en Excel o CSV, o conexión con tu programa de facturación.
- Tarjeta de débito sin cuota, aparte de la personal.
- Si cobras con tarjeta, un TPV con tasas claras.

Antes de dar tu IBAN a un cliente o de ponerlo en tus facturas, compruébalo con el [validador de IBAN](https://simplifico.es/herramientas/validador-iban). Un dígito mal escrito retrasa cobros.

## Qué hacer ahora

Descarga los movimientos de los últimos 12 meses de tu cuenta y busca las comisiones. Súmalas: es lo que te cuesta el banco al año. Si pasa de lo que te ofrece una cuenta sin comisiones, pide a tu banco que te las quite o cambia. Y si te han cobrado algo que no pediste, reclama por escrito al SAC esta misma semana.

## Fuentes citadas

- [Orden EHA/2899/2011](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17015)
- [Reglamento (UE) 2024/886](https://ga-p.com/publicaciones/la-obligada-verificacion-del-beneficiario-en-las-transferencias-bancarias/)
- [Fondo de Garantía de Depósitos](https://www.fgd.es/)
- [Portal del Cliente Bancario](https://clientebancario.bde.es/pcb/es/blog/quiero_reclamar_contra_banco_plazos.html)
- [sede del Banco de España](https://www.bde.es/wbe/es/punto-informacion/contenidos/gestiones/reclamaciones/)
- [retomaría](https://www.moncloa.com/2026/07/26/autoridad-defensa-cliente-financiero-educacion-colegios-3405949/)

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