# Bono social eléctrico 2026: quién puede pedirlo (también si eres autónomo)

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> Descuentos del 42,5 % y 57,5 % hasta el 31/12/2026, límites de renta y cómo solicitarlo. Solo para tu vivienda habitual, nunca para el local.

- URL: https://simplifico.es/blog/bono-social-electrico-2026-autonomos-requisitos
- Publicado el 28 de octubre de 2026 (2026-10-28)
- Autor: Equipo Simplifico
- Editado por Simplifico (https://simplifico.es), portal para autónomos y pymes en España con sede en Bilbao
- Categoría: Consejos Prácticos
- Etiquetas: bono social, factura de la luz, PVPC, ayudas, autónomos

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El bono social eléctrico es un descuento en la factura de la luz para hogares vulnerables. Que seas autónomo no te lo impide: no importa de dónde vengan los ingresos, sino cuánto ingresa la familia y en qué situación está. Lo que no puedes es usarlo en el local o en un suministro a nombre de una sociedad.

## Cuánto descuento da en 2026

El [Real Decreto-ley 7/2026](https://www.miteco.gob.es/va/energia/participacion/2026/detalle-participacion-publica-k-833.html), de 20 de marzo, fijó para todo 2026 (del 1 de enero al 31 de diciembre) estos descuentos:

| Tipo de beneficiario | Descuento 2026 |
|---|---|
| Consumidor vulnerable | **42,5 %** |
| Consumidor vulnerable severo | **57,5 %** |

El Ministerio explica que estos porcentajes sustituyen al 35 % y al 50 % que se habían previsto para este año. A fecha de 28 de octubre de 2026 **no está decidido qué descuento habrá a partir del 1 de enero de 2027**. Si ya tienes el bono, no tienes que hacer nada para cobrar el porcentaje de 2026.

El descuento se aplica a la potencia y a la energía, pero solo hasta un **límite de kWh al año**, según cuántos sois en casa. Por ejemplo, 1.587 kWh para una persona o una pareja, y 4.761 kWh para familias numerosas. Lo que consumas por encima se paga al precio normal.

## Requisitos básicos

Según el resumen oficial de [Consumo Responde](https://www.consumoresponde.es/art%C3%ADculos/el_bono_social_electrico), que desarrolla el [Real Decreto 897/2017](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-11505):

1. Ser **persona física** y titular del contrato.
2. Que sea tu **vivienda habitual**.
3. Tener una **potencia contratada de hasta 10 kW**.
4. Estar en el **PVPC**, la tarifa regulada, con una comercializadora de referencia. Si estás en el mercado libre, tendrás que cambiarte al PVPC para pedirlo.
5. Cumplir alguno de los criterios de vulnerabilidad.

## ¿Eres vulnerable? Los criterios

**Por renta.** La referencia es 1,5 veces el IPREM de 14 pagas: **12.600 € al año** en 2026 si vives solo. El límite sube 0,3 por cada adulto más y 0,5 por cada menor de la unidad de convivencia. Algunas situaciones suman 1 punto más al multiplicador: discapacidad igual o superior al 33 %, víctima de violencia de género o de terrorismo, dependencia de grado II o III, familia monoparental o electrodependencia.

**Sin mirar la renta.** También se consideran vulnerables:

- las familias numerosas;
- los pensionistas de jubilación o de incapacidad permanente con la pensión mínima y sin otros ingresos de más de 500 € al año;
- quienes cobran el **Ingreso Mínimo Vital**.

**Vulnerable severo.** Si la renta es igual o inferior a la mitad de los umbrales, o se dan algunos supuestos especiales (pensionistas con pensión mínima por debajo de 1 IPREM, o familia numerosa por debajo de 2 IPREM), el descuento es del 57,5 %.

### El caso del autónomo

En la renta cuentan los rendimientos de tu actividad, igual que cuenta el sueldo de un asalariado. Si estás empezando o has tenido un año flojo y tu familia queda por debajo del umbral, puedes tener derecho. Recuerda:

- El bono va en el contrato de **tu vivienda**. Si trabajas desde casa, se aplica a ese suministro, pero el descuento tiene un tope de kWh. Si consumes mucho por la actividad, buena parte irá a precio normal.
- No vale para el contrato del **local**, ni para suministros a nombre de una SL.
- Si deduces parte de la luz de casa como gasto de la actividad, deduce solo lo que pagas de verdad, ya con el descuento.

## Cómo se pide

Se solicita a una **comercializadora de referencia**: por teléfono (la documentación se envía después), en sus oficinas, por correo electrónico o postal, o en su web. Normalmente piden:

- NIF o NIE del titular y de los miembros de la unidad de convivencia;
- certificado de empadronamiento;
- libro de familia o documento equivalente, si convivís varios;
- título de familia numerosa o certificados de servicios sociales, si corresponde.

La comercializadora tiene **5 días hábiles** para comprobar la solicitud. Si falta algo, te lo pedirá. El bono dura **2 años** y se puede renovar, presentando otra vez la documentación.

## Errores frecuentes

- **Pedirlo en el mercado libre**: no se puede. Primero tienes que pasarte al PVPC.
- **No avisar de los cambios**: si deja de cumplirse algún requisito (sube la renta, cambia la familia), tienes que comunicarlo.
- **Olvidar la renovación**: cuando pasan los dos años, si no lo renuevas, pierdes el descuento.

## Qué hacer ahora

Suma los ingresos anuales de tu unidad de convivencia y compáralos con el umbral que te corresponde. Si entras, o eres familia numerosa o cobras el IMV, mira si tu vivienda está en el PVPC con 10 kW o menos y pide el bono a una comercializadora de referencia con la documentación preparada. Para ver cuánto supone en tu factura, pasa el QR de un recibo por el [analizador de facturas de luz](https://simplifico.es/herramientas/analizar-factura-luz) y aplica el porcentaje a la parte de potencia y energía. Para consultas, Consumo Responde atiende gratis en el 900 21 50 80.

## Fuentes citadas

- [Real Decreto-ley 7/2026](https://www.miteco.gob.es/va/energia/participacion/2026/detalle-participacion-publica-k-833.html)
- [Consumo Responde](https://www.consumoresponde.es/art%C3%ADculos/el_bono_social_electrico)
- [Real Decreto 897/2017](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-11505)

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Información general de Simplifico (https://simplifico.es); no sustituye el asesoramiento profesional.
