# Bajar la potencia contratada: cuánto ahorras de verdad y cuándo no conviene

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> Cada kW que sobra te cuesta al menos unos 36 € al año con impuestos solo en peajes y cargos. Cómo calcular tu potencia y cómo pedir el cambio.

- URL: https://simplifico.es/blog/bajar-potencia-contratada-luz-cuanto-ahorras
- Publicado el 28 de octubre de 2026 (2026-10-28)
- Autor: Equipo Simplifico
- Editado por Simplifico (https://simplifico.es), portal para autónomos y pymes en España con sede en Bilbao
- Categoría: Consejos Prácticos
- Etiquetas: potencia contratada, factura de la luz, ahorro energético, 2.0TD, gastos fijos

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En la factura de la luz hay una parte que pagas aunque no enciendas nada: el **término de potencia**. Se cobra por los kW que tienes contratados, todos los días del año. Es fácil que un despacho, una tienda pequeña o la vivienda desde la que trabajas tengan más potencia de la que necesitan, porque se contrató «por si acaso» o porque el anterior inquilino tenía otro uso. Ajustarla es de los pocos ahorros que se notan cada mes sin cambiar nada más.

## Cuánto cuesta un kW al año

En la tarifa 2.0TD (hasta 15 kW), el precio de la potencia que te cobra la comercializadora incluye dos partes reguladas que son iguales para todos:

| Concepto 2026 | P1 (punta-llano) | P2 (valle) |
|---|---|---|
| Peajes de transporte y distribución | 23,324952 €/kW·año | 0,44377 €/kW·año |
| Cargos del sistema | 4,379461 €/kW·año | 0,281653 €/kW·año |

Fuentes: [Resolución de peajes de la CNMC](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-26348) y [Orden TED/1524/2025 de cargos](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-26705).

Si contratas la misma potencia en P1 y en P2, cada kW lleva unos **28,43 € al año** de costes regulados. Con el impuesto eléctrico del 5,11269632 % ([Ley 38/1992](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28741#a99)) y el IVA del 21 % ([Ley 37/1992](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740#a90)), sube a unos **36,16 €**. Ese es el **mínimo**: encima va el margen de tu comercializadora, así que en tu factura cada kW costará más. Mira en el contrato el precio que te cobran por kW y día y multiplícalo por 365.

### Ejemplos

- Bajar de **4,6 a 3,45 kW** (1,15 kW menos): al menos unos **41,6 € al año** con impuestos.
- Bajar de **5,75 a 3,45 kW** (2,3 kW menos): al menos unos **83,2 € al año**.

Con el [simulador de coste de la potencia](https://simplifico.es/herramientas/coste-potencia-contratada) puedes ver lo que pagas tú, y con la calculadora de [ahorro por bajar la potencia](https://simplifico.es/herramientas/ahorro-bajar-potencia), cuánto te ahorrarías con tus precios.

## Cuánta potencia necesitas

La potencia no tiene que ver con lo que consumes en el mes, sino con **lo que tienes encendido a la vez** en el momento de más carga. Para calcularla:

1. Haz una lista de los aparatos que pueden coincidir: climatización, horno o placa, termo, cafetera, impresora láser, ordenadores...
2. Suma sus potencias (vienen en la placa de características, en W o kW).
3. Deja un margen razonable para los arranques de motores y compresores.

La calculadora de [potencia necesaria](https://simplifico.es/herramientas/potencia-necesaria-luz) lo hace contigo y redondea a una potencia normalizada. Otra pista: en el área de clientes de tu distribuidora (y en Datadis, la plataforma común de las distribuidoras) puedes ver tus consumos. Si tu contador lo registra, verás también las potencias máximas que has llegado a usar.

## Cuándo no conviene bajarla

- **Si tu actividad tiene picos**: una peluquería con varios secadores y el termo funcionando a la vez, o un taller con compresor. Con el contador inteligente, si pasas de la potencia contratada se corta la luz y tienes que rearmar el interruptor. Si eso te pasa con clientes delante, sale más caro que el ahorro.
- **Si vas a poner aparatos nuevos**: un aire acondicionado, un horno o un cargador de vehículo eléctrico.
- **Si acabas de cambiarla**: según la [CNMC](https://www.cnmc.es/sites/default/files/editor_contenidos/Energia/Consumidores/5.%20C%C3%B3mo%20modificar%20las%20condiciones%20del%20contrato.pdf), puedes modificarla una vez cada doce meses. Algunas distribuidoras permiten más cambios, sobre todo para subirla, pero no cuentes con ello.

## P1 y P2 pueden ser distintas

Con la [Circular 3/2020](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-1066) puedes contratar una potencia en P1 (de 8 a 24 h en laborables) y otra en P2 (noches, fines de semana y festivos). Si de día te basta con poca y por la noche cargas una furgoneta, puedes subir solo P2. Fíjate en la tabla: el kW de P2 cuesta mucho menos.

## Cómo se pide y qué cuesta el trámite

- Se pide a la **comercializadora**, que lo tramita con la distribuidora. Normalmente basta con una llamada o con el área de clientes.
- La **distribuidora** cobra unos derechos regulados. Bajar potencia suele costar poco (derechos de enganche). Subirla es más caro, porque se pagan además derechos por cada kW de más, y si la instalación es antigua pueden pedirte un certificado de instalación eléctrica.
- El cambio no te obliga a cambiar de compañía ni de precio. Eso sí: si tu oferta pone límites de potencia (algunas solo valen hasta 5 o 10 kW), comprueba que la nueva potencia entra.

## Qué hacer ahora

Busca en tu última factura la potencia de P1 y P2 y el precio por kW y día. Calcula con la [calculadora de potencia necesaria](https://simplifico.es/herramientas/potencia-necesaria-luz) lo que usas de verdad. Si te sobra más de 1 kW y en el último año no se te ha cortado nunca la luz, pide a tu comercializadora que la baje un escalón. Antes de pedirlo, confirma cuánto cobra la distribuidora por el cambio, para saber en cuántos meses lo recuperas.

## Fuentes citadas

- [Resolución de peajes de la CNMC](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-26348)
- [Orden TED/1524/2025 de cargos](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-26705)
- [Ley 38/1992](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28741#a99)
- [Ley 37/1992](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740#a90)
- [CNMC](https://www.cnmc.es/sites/default/files/editor_contenidos/Energia/Consumidores/5.%20C%C3%B3mo%20modificar%20las%20condiciones%20del%20contrato.pdf)
- [Circular 3/2020](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-1066)

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