# Anticipos y señales de clientes: cuándo se factura y se declara el IVA

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> Si cobras una señal o un anticipo antes de hacer el trabajo, el IVA se devenga al cobrar y debes emitir factura. Cómo hacerlo y cómo cerrar la factura final.

- URL: https://simplifico.es/blog/anticipos-clientes-iva-factura-cuando-declarar
- Publicado el 28 de octubre de 2026 (2026-10-28)
- Autor: Equipo Simplifico
- Editado por Simplifico (https://simplifico.es), portal para autónomos y pymes en España con sede en Bilbao
- Categoría: Fiscal y Tributario
- Etiquetas: anticipos, IVA, facturación, devengo, tesorería

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Pedir un 30 o un 50 % por adelantado es una práctica sana para proteger tu tesorería, sobre todo en proyectos largos. Pero fiscalmente tiene una consecuencia que mucha gente pasa por alto: **el IVA de ese anticipo se devenga en el momento en que lo cobras**, aunque todavía no hayas hecho el trabajo. Si lo declaras al final del proyecto, lo estás declarando tarde.

## La regla del devengo

El [artículo 75.Dos de la Ley del IVA](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740) dice que, en las operaciones que generan **pagos anticipados** antes de realizarse la entrega o el servicio, el impuesto se devenga **en el momento del cobro**, total o parcial, **por el importe efectivamente cobrado**.

Esto incluye señales, reservas, provisiones de fondos facturadas como pago a cuenta del servicio, matrículas pagadas por adelantado o cualquier cantidad que el cliente te paga a cuenta de una operación concreta.

La excepción: las **entregas intracomunitarias de bienes** exentas, en las que el anticipo no adelanta el devengo.

## También hay que emitir factura

El [artículo 2 del Reglamento de facturación](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696) obliga a emitir factura por los **pagos recibidos antes de realizar la operación**, salvo en esas entregas intracomunitarias. La factura del anticipo debe incluir la **fecha en que se recibió el pago** si es distinta de la de expedición.

Plazos de expedición ([artículo 11](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696)):

- Si el cliente es **particular**, en el momento del cobro.
- Si el cliente es **empresario o profesional**, **antes del día 16 del mes siguiente** al del devengo.

## Un ejemplo completo

Un estudio de diseño cierra en noviembre de 2026 un proyecto de 6.000 € + IVA (21 %), con un 40 % por adelantado y el resto a la entrega en febrero de 2027.

1. **Noviembre de 2026**: cobra 2.400 € + 504 € de IVA. Emite factura de anticipo (por ejemplo, «Anticipo del 40 % del proyecto X»). Declara 504 € de IVA en el 303 del **cuarto trimestre de 2026**.
2. **Febrero de 2027**: entrega el proyecto y emite la factura final por el total (6.000 € + 1.260 €), **descontando el anticipo** ya facturado (−2.400 € − 504 €). El saldo es de 3.600 € + 756 € de IVA, que se declaran en el 303 del **primer trimestre de 2027**.

Si el cliente es una empresa, en la factura de anticipo también se aplica la **retención de IRPF** si procede, porque el pago a cuenta se somete a retención cuando se paga.

## Y en el IRPF

Para el IRPF, los ingresos se imputan, como norma general, cuando se **devengan** (cuando se realiza el trabajo), no cuando se cobran. Un anticipo cobrado en 2026 por un trabajo terminado en 2027 sería, en principio, ingreso de 2027. Si llevas el **criterio de cobros y pagos** (una opción que permite la normativa del IRPF a quien no lleva contabilidad mercantil y lo comunica en la declaración), lo imputarías al cobrarlo. Elige un criterio y aplícalo de forma coherente.

## ¿Y si el proyecto se cancela?

Si el cliente cancela y devuelves el anticipo, emites una **factura rectificativa** que anule la del anticipo y reduces el IVA en el periodo en que la emites. Si, según el contrato, te quedas con la señal como indemnización, esa cantidad deja de ser contraprestación de un servicio: en general no lleva IVA, por lo que también tendrías que rectificar la factura de anticipo. Revisa bien lo que dice el contrato, porque el tratamiento depende de su redacción.

## Criterio de caja y anticipos

Si estás en el [régimen de criterio de caja](https://simplifico.es/blog/criterio-de-caja-iva-recc-cuando-compensa), el IVA también se devenga al cobrar, así que el anticipo sigue la misma lógica.

## Errores frecuentes

1. **No facturar el anticipo** y emitir una única factura al final.
2. **Declarar el IVA del anticipo en el trimestre de la factura final.**
3. **No descontar el anticipo** en la factura final, duplicando ingresos e IVA.
4. **Llamar «proforma» a una factura de anticipo**: la proforma no es factura y no sustituye a la obligación de facturar el cobro.

## Qué hacer ahora

1. Revisa los anticipos cobrados en el cuarto trimestre de 2026 y comprueba que tienen factura.
2. Configura en tu programa una plantilla de factura de anticipo y otra de factura final que descuente pagos previos.
3. Organiza los cobros de proyectos largos con la herramienta de [pagos por fases](https://simplifico.es/herramientas/pagos-por-fases).
4. Genera las facturas con el [generador de facturas](https://simplifico.es/herramientas/categoria/generadores/factura).

## Fuentes citadas

- [artículo 75.Dos de la Ley del IVA](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740)
- [artículo 2 del Reglamento de facturación](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696)

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