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Calculadora Modelo 303 — IVA 2026

Calcula la autoliquidación trimestral del IVA. Tipos vigentes en 2026: 21 % (general), 10 % (reducido), 4 % (superreducido).

Límite: 1-20 abril

IVA repercutido (ventas) — Bases imponibles (€)

21 %IVA: 2100,00 €
10 %IVA: 0,00 €
4 %IVA: 0,00 €
ExentoIVA: 0,00 €

IVA soportado (compras/gastos) — Bases imponibles (€)

21 %IVA: 630,00 €
10 %IVA: 0,00 €
4 %IVA: 0,00 €

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IVA repercutido2100,00 €
IVA soportado (−)630,00 €
Resultado estimado1470,00 €

Introduce el importe sin IVA (base imponible) de tus ventas y compras del trimestre

Tipos de IVA vigentes en 2026

21 %

General

Mayoría de bienes y servicios

10 %

Reducido

Alimentos, hostelería, transporte

4 %

Superreducido

Pan, leche, libros, medicamentos

0 %

Exento

Seguros, servicios médicos, educación

Para qué sirve: Calculadora modelo 303 2026

Cada trimestre los autónomos y las empresas en régimen general de IVA presentan el modelo 303 y pagan la diferencia entre el IVA que han cobrado en sus facturas y el que han pagado en sus compras. Esta calculadora te da una estimación de ese resultado antes de sentarte a rellenar la declaración en la Agencia Tributaria.

Eliges el trimestre, introduces las bases de tus ventas y de tus gastos separadas por tipo (21 %, 10 %, 4 % y exento) y, si tienes saldo a compensar de trimestres anteriores, lo añades. Obtienes el IVA repercutido, el soportado y el resultado estimado a ingresar o a compensar. Te sirve para prever cuánto tendrás que pagar y reservar ese dinero a tiempo.

Cómo se usa

  1. 1

    Elige el trimestre

    Selecciona el trimestre que vas a declarar. El plazo general es del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero para el cuarto.

  2. 2

    Introduce tus ventas

    Escribe las bases imponibles de tus facturas emitidas separadas por tipo de IVA: 21 %, 10 %, 4 % o exento.

  3. 3

    Introduce tus gastos

    Añade las bases de las facturas de compras y gastos con IVA deducible, también separadas por tipo.

  4. 4

    Añade saldos anteriores y calcula

    Si arrastras IVA a compensar de trimestres anteriores, indícalo y pulsa calcular para ver el resultado estimado.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta el modelo 303?

Según la Agencia Tributaria, la autoliquidación trimestral se presenta del 1 al 20 del mes siguiente al trimestre: abril, julio y octubre. La del cuarto trimestre se presenta del 1 al 30 de enero. Si el último día es inhábil, el plazo pasa al siguiente día hábil. Si domicilias el pago, el plazo para hacerlo termina unos días antes.

¿Qué pasa si el resultado del 303 sale negativo?

Si el IVA soportado deducible supera al repercutido, el resultado sale a compensar y puedes descontarlo en las autoliquidaciones siguientes, siempre que no pasen cuatro años desde la que originó el exceso. En el último periodo del año puedes elegir entre seguir compensando o pedir la devolución. Si eliges la devolución, ya no puedes compensar ese importe.

¿En qué casillas se ponen las cuotas a compensar?

En el modelo 303 vigente, la casilla 110 recoge las cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores, la 78 la parte que aplicas en el trimestre y la 87 lo que queda para periodos posteriores. La casilla 69 es el resultado de la autoliquidación. Comprueba siempre las instrucciones de la Agencia Tributaria del año en curso.

¿Qué IVA se puede deducir en el 303?

Solo puedes deducir el IVA de compras y gastos relacionados con tu actividad, documentados con factura completa a tu nombre. No es deducible, por ejemplo, el IVA de gastos personales. Si un bien se usa a la vez para la actividad y para uso privado, hay reglas específicas. Ante la duda, consulta a tu asesor antes de incluirlo.

Información general revisada el 20 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional para tu caso concreto.